Bolsa, mercados y cotizaciones

Mifid II, abocada a que se transponga por real decreto

Las bancas privadas y empresas de asesoramiento financiero están trabajando como si Mifid II estuviera ya transpuesta al ordenamiento jurídico español de forma completa. Pero es un trabajo a ciegas y basado en lo que la directiva europea sobre mercados de instrumentos financieros dice en su literalidad. La fragmentación parlamentaria dificulta una negociación para sacar adelante la norma mediante una ley.

La norma debería haber estado totalmente trasvasada a principios de año, cuando entró en vigor, pero los vaivenes políticos, con la moción de censura a Mariano Rajoy en medio, han alargado el vacío legal a la espera de que el Gobierno de Pedro Sánchez sea ahora quien retome la iniciativa.

Por este motivo, la Comisión Europea ha iniciado este verano un procedimiento sancionador contra España que, junto a Eslovenia, es el único país que no han completado la transposición completa. En el caso español, falta una de las partes más importantes, la relativa a la protección al consumidor.

Aunque desde hace años Mifid II es una de las directivas europeas más esperadas en la industria de gestión de activos y asesoramiento financiero, por los requerimientos que introduce en la relación de las firmas con los clientes y la contratación de productos de inversión, todavía no hay noticias de cuándo y de qué forma se puede realizar su transposición en España.

Las entidades de banca privada y de asesoramiento hace tiempo que han invertido en adaptar sus sistemas y metodología al nuevo entorno regulatorio europeo, que pretende unificar el mercado de servicios financieros. Pero es un trabajo a ciegas, porque hasta que no se publique en el BOE no podrán amoldar su estrategia a lo que dicte definitivamente la norma en España.

Adaptación casi literal

Jorge Canta, socio de Cuatrecasas, explicó ayer durante una jornada sobre Mifid organizada por este bufete junto a la Asociación para el Progreso de la Dirección, Allfunds Bank y Consilio, que una de las posibilidades con que cuenta el sector es que se realice la transposición mediante un real decreto ley, que permitiría una adaptación casi literal de la directiva europea, y evitaría el engorro de una negociación parlamentaria con un Congreso de los Diputados fragmentado, en torno a un tema sensible respecto a los consumidores y los servicios financieros.

El asunto no es baladí, puesto que a partir de enero de 2019, los clientes deberán recibir una factura con los costes desglosados en euros, y podrían iniciar trámites de reclamación judicial en caso de no estar de acuerdo con los servicios prestados por las firmas de inversión.

Canta aseguró que los tribunales pueden exigir a los prestatarios de los servicios financieros que se hayan cumplido una serie de normas de buena conducta para que los consumidores no salgan perjudicados. Aunque también sería complicado, advirtió, poder sancionar a las firmas cuando todavía no está claro cómo quedará redactada la norma en España.

Las entidades financieras se han decantado por un modelo de asesoramiento financiero no independiente para la mayoría de sus clientes, aunque incluirán el asesoramiento independiente para aquellos con un patrimonio elevado.

WhatsAppFacebookFacebookTwitterTwitterLinkedinLinkedinBeloudBeloudBluesky