
El 4 de agosto se cumple un año desde que el Ministerio de Economía publicara el borrador sobre cómo se aplicaría en España la directiva europea Mifid II y, aunque esa directiva sigue pendiente de transposición en nuestro país pese a su entrada en vigor en toda Europa a principios de este año, ya ha transformado la comercialización de fondos de una manera radical.
De hecho, hace apenas un año Bankinter era el único de los grandes bancos españoles que ofrecía en sus redes fondos de terceros para todo tipo de clientes, algo que hoy hacen también entidades como ING, Openbank, Bankia o BBVA en sus servicios de pura comercialización. Al fin y al cabo, Mifid II establece como condición sine qua non que quien quiera seguir cobrando retrocesiones (comisiones que las gestoras retroceden a los distribuidores por vender sus fondos y que, según la CNMV, suponen un 58% del total), debe incluir en su oferta producto de tercero. El problema es que alguna de esas entidades, así como las plataformas de fondos, se reservan el derecho de incluir nuevas comisiones por la venta de estos productos.
Es el caso, por ejemplo, de BBVA, una de las primeras entidades en lanzar una plataforma de venta de fondos tanto propios como de terceros que ya aplica una comisión de custodia anual (distinta de la depositaria) del 0,30% (con un mínimo de 16 euros y un máximo de 600 euros) en la venta de fondos de terceros que no incluye cuando el producto que vende es el de la gestora del banco. Y aunque, de momento, es la única que ha recurrido a esta opción, no se puede descartar que haya más entidades o plataformas que sigan sus pasos. "Creo que lo de cobrar comisión de custodia va a ser algo normal porque Mifid II te obliga a tener una política de mejor ejecución y a dar acceso al inversor a las clases más baratas de entre aquellas a las que puede acceder por su patrimonio", afirma Ignacio Perea, director de inversiones de Tressis.
El problema está en que ese acceso a clases limpias va en función del patrimonio que se invierte por lo que si la cantidad es pequeña -en España la inversión media del partícipe en fondos de inversión es de 30.000 euros- el inversor puede encontrarse con que está comprando un fondo de clase retail (un 59% más caro que la clase limpia) por el que además paga una comisión extra de custodia. Según explica Mar Barrero, analista financiera de Profim, "fuera de España se llama comisión de distribución y suele estar entre el 0,20 y el 0,50% del patrimonio".
La de custodia no es el único as en la manga que tienen las entidades para limitar los daños colaterales para los ingresos de las empresas de servicios de inversión que Mifid II ha traido consigo. También hay otro tipo de comisiones que se aplican fuera de nuestras fronteras y aún no en el mercado español. "En nuestro mercado no ha habido tradición de cobrar por compra venta ni custodia, pero lo anterior puede hacer que algunas entidades se estén replanteando cambios en el modelo. Eso sí, creemos que hay que ser muy cuidadosos al respecto y, sobre todo, muy transparentes con el cliente, explicándole bien en qué consisten los cambios. Hay que analizar que esos costes sean razonables y que finalmente no supongan que el cliente pague más de lo que pagaba antes de la nueva regulación", afirma Victoria Torre, responsable de desarrollo de contenidos, productos y servicios de Self Bank.
Y es que tampoco se puede descartar la idea de que se empiece a aplicar una comisión de suscripción, que por ley puede llegar a suponer el 5%%, cuando se vendan fondos de terceros. De hecho, en los folletos de productos de gestoras extranjeras que cuelgan en las web de las entidades se incluye ya esta comisión y, según fuentes del sector "son los distribuidores los que en función de su política comercial, deciden si cobra y cuánto cobra dentro del margen marcado". Algo que, de momento, no hace ninguno de los bancos que venden fondos de terceros (ver apoyo).