Bolsa, mercados y cotizaciones

¿Qué hay de cierto en el ataque a las socimis y su fiscalidad?

  • "Para el inversor supone democratizar la inversión inmobiliaria"

La revisión de la fiscalidad aplicada a las socimis se situó en el foco de los programas de los principales partidos políticos. Sin embargo, su desarrollo dinamiza el mercado del alquiler, una mayor transparencia y una mayor profesionalización del sector.

Con el trasfondo de la campaña electoral se ha estado utilizando el argumento de la fiscalidad privilegiada de algunos tipos de sociedades para transmitir mensajes erróneos, incluso claramente tendenciosos, tanto en su forma como en su fondo. En el caso concreto de las socimis (Sociedad Cotizada de Inversión en el Mercado Inmobiliario), ¿qué hay de cierto y qué hay de falso en las declaraciones sobre su pretendida posición de privilegio desde el punto de vista fiscal?

En primer lugar, hay que recordar que las socimis son la versión española de su equivalente a nivel mundial, los REITs (Real Estate Investment Trust), y comparte con estos unas características fiscales similares. Por tanto, no es un invento español, ni de un partido, ni de un gobierno. Es más, los REITs existen desde 1960, y en España se han regulado mucho más tarde, excesivamente tarde se puede decir.

Este tipo de sociedades de inversión inmobiliaria tributan al 0% en el Impuesto de Sociedades, pero como contrapartida están obligadas a cotizar en un mercado, y a repartir como mínimo el 80% de sus beneficios a sus accionistas.

Esta tardanza en regular este tipo de sociedades ha abonado uno de los males endémicos en nuestro país, que es el oscurantismo y falta de transparencia del sector inmobiliario, caldo de cultivo ideal para la especulación, cuya versión más nociva ha perjudicado profundamente al sector. Para no desviarnos del objetivo principal, conviene dejar claro y sin adornos de literatura, cuales son los puntos positivos que aporta el nacimiento de las socimis y, sobre todo, su consolidación.

Para el sector supone una dinamización del mercado del alquiler, una profesionalización de la gestión, una mayor transparencia ya que están obligadas a publicar sus cuentas anuales y semestrales, a dar valoración continua, a publicar el precio de cierre de las operaciones inmobiliarias y a tener las cuentas auditadas; ofrecen seguridad jurídica y consiguen reducir la especulación del mercado.

Para el inversor supone democratizar la inversión inmobiliaria, ofrecen la opción de transmisibilidad de la inversión y dan un dividendo asegurado, además de que al cotizar en el MAB deben tener un asesor registrado. Además la hacienda pública no deja de cobrar. La exigencia de distribución de un mínimo del 80% del beneficio entre los accionistas garantiza que dichos beneficios van a tributar.

Está claro que la aparición de las socimis en nuestro ordenamiento jurídico es un gran avance, con evidentes beneficios económicos y sociales. Debemos congratularnos de su existencia y apoyar su consolidación, evitando caer en juicios populistas, que pueden llegar a ser muy perniciosos cuando se diseminan entre personas que no conocen de qué se está hablando, cuáles son sus características y cuáles son los beneficios que reportan en general a nuestra economía y a los ciudadanos.

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