Bolsa, mercados y cotizaciones

Gobierno acordó 505.547 euros para indemnizar por tasa de juego

Madrid, 24 ago (EFECOM).- El Consejo de Ministros ha autorizado la aplicación del Fondo de Contingencia, por un importe total de 577.482,72 euros, de los que 505.547,53 euros se destinarán al pago de sentencias del Tribunal Supremo por el gravamen complementario de la tasa de juego.

Según fuentes gubernamentales, varias sentencias del Tribunal Supremo condenaron a la Administración del Estado a realizar este pago a quienes recurrieron un gravamen de la tasa fiscal que gravaba los juegos de suerte, envite y azar, que fue creado a través de la ley de acompañamiento de los presupuestos del año 1990.

En 1996, esta disposición fue declarada inconstitucional y nula por el Tribunal Constitucional por entender que vulneraba el principio de seguridad jurídica.

Ello originó la presentación de recursos que pedían la devolución de los ingresos efectuados, los intereses de demora, los gastos derivados de la destrucción de máquinas y el lucro cesante, tras alegar la responsabilidad del Estado legislador.

Ya en 2001, el Consejo de Ministros aprobó un crédito extraordinario de 26,08 millones de euros (4.341 millones de pesetas) para el pago de sentencias derivadas de la responsabilidad patrimonial del Estado por este el gravamen.

Este gravamen suponía, por ejemplo, unos 800 euros (133.250 pesetas) para las máquinas tipo B o recreativas con premio y diversas cantidades para las máquinas tipo C.

Algunos particulares abonaron las cantidades correspondientes a las respectivas comunidades autónomas a las que en 1990 ya se había transferido la tasa sobre el juego (todas salvo Madrid, Baleares, Cantabria, Ceuta y Melilla).

Otros particulares no abonaron el gravamen y los demás recurrieron por diferentes vías, pero todos los recursos fueron desestimados.

Sin embargo, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional y nulo el gravamen en 1996 y, a partir de 1997, se presentaron diversos escritos de solicitud de responsabilidad del Estado que pedían la devolución de los ingresos efectuados, de los intereses de demora y otros gastos.

Posteriormente, el Consejo de Ministros desestimó todas las solicitudes, pero el Tribunal Supremo dictó diversas sentencias que estiman parcialmente los recursos planteados sobre los acuerdos del Gobierno y que declaran el derecho de los recurrentes a percibir de la Administración del Estado diversas sumas de dinero. EFECOM

dsp/jlm

WhatsAppFacebookFacebookTwitterTwitterLinkedinLinkedinBeloudBeloudBluesky