SORIA, 12 (EUROPA PRESS)
La Audiencia Provincial de Soria ha condenado a Caja Duero a pagar 18.000 euros a una clienta de este banco por ocasionarle daños morales, según establece la sentencia, que considera culpable a la caja por financiar a una promotora inmobiliaria sin avales ni seguro,
Según informaron a Europa Press fuentes de la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc), la sentencia reconoce que la afectada sufrió "sentimientos de angustia e incapacidad", como consecuencia de la situación que atravesó ya que tuvo que asumir un préstamo hipotecario del promotor por una cuantía superior a la reflejada en el contrato privado.
El caso se remonta al año 2004, momento en que una mujer adquirió una de las viviendas del Camino de la Verguilla mediante un contrato con la empresa 'Obras Blázquez', a la que entregó 72.000 euros mientras que la casa se encontraba en obras.
Un mes antes del plazo establecido para la entrega de la casa, el promotor llamó a la afectada para comunicarle que la empresa se hallaba en quiebra y que, por tanto, no terminaría la construcción de las viviendas.
El delegado de Ausbanc en Soria, Alberto Cardona, explicó la demandante acudió a Caja Duero para reclamar la cantidad de dinero que había entregado, pero la entidad le contestó que no era su responsabilidad devolver este dinero.
Por ello la afectada, al igual que otros propietarios de la misma promoción de viviendas, tuvo que asumir los gastos e intereses de la hipoteca, lo que se tradujo en una "carga hipotecaria extra de 18.000 euros", afirmó el representante.
A partir de ese momento, la demandante comenzó a sufrir crisis de ansiedad, sentimientos de angustia e incapacidad, de forma que recurrió a un psicólogo para recibir ayuda profesional.
El auto considera probado que la afectada tenía un "escaso margen de maniobra" a la hora de actuar, puesto que o trataban de recuperar el dinero ya abonado, lo que constituía, según la sentencia "una situación difícil y complicada" por la situación de la promotora, o por el contrario, mantenían los contratos firmados subrogándose en las hipotecas concedidas por la entidad demandada.
La resolución considera que Caja Duero "debe responder de las cantidades ya entregadas por los adquirientes de las viviendas, máxime cuando dicha subrogación se hizo sin el consentimiento de éstos".
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