MADRID, 9 (EUROPA PRESS)
Correos perderá parte de las subvenciones estatales que anualmente recibe si no cumple los nuevos objetivos de entrega de envíos fijados por el Gobierno, que obligan al operador a entregar el 93% del correo ordinario a los tres días de que hayan sido depositados en una oficina postal o buzón y el 99% en los cinco días posteriores.
Así se establece en la reforma del Reglamento de Prestación de Servicios Postales aprobada por el Gobierno y que entrará en vigor mañana jueves tras su publicación hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
La nueva normativa establece también que, en el caso de los paquetes, Correos deberá entregar el 80% de los envíos en tres días y el 95% en cinco. En cuanto a los giros postales, se eleva el porcentaje de envíos a entregar en tres días hasta el 95% y al 99% en el caso de los cinco días.
La norma también implanta un nuevo sistema para penalizar a Correos, sociedad encargada de garantizar la prestación del servicio postal público, en caso de que incumpla estos plazos de entrega establecidos.
En la práctica, se trata de la primera vez que el operador postal público se enfrenta a un sistema de penalizaciones para casos de incumplimiento, dado que el hasta ahora vigente era prácticamente imposible de aplicar, según apuntaron a Europa Press en fuentes del Ministerio de Fomento.
En concreto, la norma habilita al Ministerio de Fomento a reducir de la subvención que Correos anualmente recibe de los Presupuestos Generales del Estado (PGE), unos 95 millones de euros anuales, de forma proporcional al grado de incumplimiento de los objetivos de entrega.
Al margen de ello, el Ministerio podrá imponer al operador postal sanciones, previa apertura de un expediente, en caso de que el incumplimiento supere en un 5% a los objetivos fijados.
EXENCION DE ENTREGAR EN DOMICILIO.
Por otra parte, la nueva norma, con el fin de adaptar el sistema de reparto de Correos a los nuevos núcleos residenciales y urbanizaciones, establece una serie de supuestos que denomina 'entornos especiales', en los que exime a Correos de entregar los envíos casa por casa.
En vez de ello, los depositará en casilleros que se concentrarán en un determinado punto de la urbanización o el núcleo de viviendas de que se trate.
Este supuesto se aplicará en aquellos los entornos en los que el número de habitantes censados ser igual o inferior a 25 por cada una de las hectáreas del complejo, o para cuando el número de viviendas o locales es igual o inferior a 10 por hectárea, o bien para cuando el volumen de los envíos ordinarios del entorno no excede a los cinco por semana y domicilio.
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