
Publicitar de cualquier forma una criptodivisa en España no es posible desde febrero de 2022. Han pasado 21 meses desde que entró en vigor una nueva Circular, sometida a consulta pública, para regular la publicidad de los criptoactivos. Y el supervisor de los mercados españoles, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), acaba de anunciar el primer expediente sancionador a una empresa por no seguir la norma. Se trata de Miolo Desarrollos, una firma gallega que tiene por objeto el desarrollo de proyectos en nuevas tecnologías y venta de hardware y software, según recoge Informa.
La CNMV la acusa de cometer dos infracciones graves en campañas realizadas en septiembre y noviembre de 2022. En ambos casos se habría saltado la normativa por duplicado. Primero, por no incorporar la información y advertencias sobre los riesgos de criptoactivos. Y, segundo, por no presentar una comunicación previa al supervisor.
La Circular recoge, respecto al primer motivo de infracción, que el contenido de la publicidad debe ser claro, equilibrado, imparcial y no engañoso y que se debe dar una información sobre los riesgos de manera destacada con esta advertencia: "La inversión en criptoactivos no está regulada, puede no ser adecuada para inversores minoristas y perderse la totalidad del importe invertido". Además, se obliga a incluir enlaces o indicaciones a la ubicación de la información adicional sobre los riesgos. Es necesario, al mismo tiempo, realizar una comunicación previa obligatoria a la CNMV de las campañas publicitarias masivas, destinadas a 100.000 personas o más.
"Aunque el cumplimiento de su contenido ha sido la norma general y el sector ha respondido satisfactoriamente a su aprobación, es especialmente importante recordar la necesidad de informar a los inversores sobre los riesgos asociados a estos productos, así como seguir los procedimientos de control y supervisión de su publicidad que la circular establece", indica la CNMV en un comunicado, en el que recalca que "no prejuzga el resultado final del expediente sancionador", y que la empresa aún tiene derecho a defenderse jurídicamente.
Aunque es el primer expediente sancionador abierto, el supervisor lleva meses analizando muchas campañas. "Desde la entrada en vigor de la circular, hemos sido especialmente cuidadosos en la vigilancia de la publicidad que se hace en nuestro país sobre esta oferta no regulada. Por eso, hemos realizado más de 210 actuaciones, revisado 1.327 piezas publicitarias y enviado 196 requerimientos informativos", aseguraba este miércoles Rodrigo Buenaventura, presidente de la CNMV, en un evento de ABC y Deloitte. Lanzaba, además, una advertencia al sector. "El mensaje que quiero trasladar al sector es claro: antes y después de MiCA, nuestra prioridad es y será la protección del inversor. Y en relación a los criptoactivos que se presentan como inversión, seremos escrupulosos y contundentes en la consecución de este objetivo", sentenciaba.
El reglamento MiCA es un primer paso para regular a nivel europeo los criptoactivos. Lla fecha de plena aplicación será en diciembre de 2024, aunque previamente habrá una fase de implementación, y luego los países pueden optar por dar un margen máximo de 18 meses para que los proveedores puedan seguir operando sin licencia MiCA.