
Uno de los grandes riesgos del mundo de las criptodivisas es su falta de regulación y supervisión. El Parlamento Europeo aprobó el pasado abril la primera normativa al respecto, el conocido como Reglamento MiCA (por sus siglas en inglés) para regular la emisión y prestación de servicios relacionados con criptoactivos que no entrará en vigor, como pronto, hasta mediados de 2024. En España, el supervisor de los mercados financieros manifiesta en cada ocasión que puede que estos instrumentos no son adecuados para inversores minoristas. A lo que sí ha dado su brazo a torcer es a que los inversores profesionales puedan acceder a productos derivados ligados a criptos dentro del marco regulado y supervisado.
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha autorizado a BME a compensar futuros sobre índices ligados a la evolución de criptodivisas, en concreto del Bitcoin y del Ethereum liquidados en dólares. Desde el organismo supervisor recalcan que "la autorización se refiere únicamente a productos dirigidos a inversores institucionales, los cuales cuentan con mecanismos de gestión de riesgos adecuados y proporcionales a los riesgos de estos productos". Desde el gestor de la bolsa española, por su parte, explican que se abre así un nuevo segmento para derivados de activos digitales, que "es una respuesta a la demanda de las instituciones de un acceso regulado a los activos digitales".
Una de las vías para asegurar que este servicio se dirige solo a inversores institucionales es que el valor nocional de esos contratos será elevado: una unidad de Bitcoin y diez de Ethereum por cada contrato, sin posibilidad de fracción. "Esta característica, unida a los distintos criterios de solvencia, especialización y proporcionalidad que los intermediarios exigirán a sus clientes, garantizará el acceso puramente institucional y profesional a estos servicios", señalan desde la CNMV, añadiendo que en ningún momento BME poseerá ni custodiará las criptodivisas, sino que se trata de un servicio de compensación.
La CNMV justifica que la autorización se produce después de un profundo análisis que ha compartido y consensuado con las autoridades europeas que conforman el Colegio de supervisores de BME Clearing, con el CCP Supervisory Committee de ESMA y aprobado asimismo en el Consejo de Supervisores de ESMA. Recalca, además, que será la primera entidad de contrapartida central europea autorizada a ello siguiendo los procesos de verificación que requiere la regulación europea (EMIR) para este tipo de productos, con las opiniones favorables de otros supervisores y organismos europeos, a pesar de que tanto en la UE como en otros lugares ya existen entidades lo ofrecen.