Lotería de navidad

Apropiarse de un décimo de Lotería de Navidad o falsificarlo puede conllevar pena de cárcel

  • No cumplir la palabra y no compartir el décimo es apropiación indebida
  • Algunas acciones con la Lotería pueden ser delitos según el código penal
Varios agraciados con el Gordo de 2015 celebran su premio. Imagen: Reuters

Es tradición entre los españoles probar suerte en la Lotería de Navidad y hacerlo compartiendo algún décimo con otras personas, bien sean familiares, amigos o compañeros. Si uno de los participantes realiza la argucia de quedarse con todo el premio en el momento de cobrarlo y no compartirlo en el caso de que el décimo resulte agraciado, se puede exponer a una pena de cárcel, igual que si falsifica el billete o lo roba. Especial Lotería de Navidad 2016.

Expertos de Legálitas han estudiado tres posibles supuestos en base a lo tipificado por el código penal. En primer lugar, el artículo 253 CP alude a la usurpación de un décimo compartido como un delito de apropiación indebida, que puede ser castigado con una pena de cárcel de entre seis meses y tres años, siempre y cuando la cuantía del premio sea mayor a 400 euros. Para ello, el perjudicado deberá certificar que el billete agraciado era compartido.

Por otro lado, según el artículo 392 CP, se castigará con pena de prisión la alteración del décimo -si se le cambia algún número- o la falsificación de todo o parte del billete -incluyendo una fotocopia del original-. Asimismo, se incluye el hecho de vender un décimo a sabiendas de que es falso. Todo ello implica una pena de cárcel de entre seis meses y un año. 

Otro posibilidad es que alguien robe un décimo. Si esto ocurre antes del sorteo del 22 de diciembre, se tratará de un delito leve de hurto, lo que conlleva únicamente una multa económica. Sin embargo, si se lleva a cabo mediante la fuerza o la intimidación o si el décimo ha resultado premiado -siempre que el premio sea superior a 400 euros-, se tratará de un delito de robo, cuyo autor se expone a una pena de prisión de 6 a 18 meses de cárcel o de 2 a 5 años si se ha hecho con violencia.

Asimismo, también será delito el eludir el pago de impuestos correspondientes con la cantidad de dinero premiado así como, en el sentido contrario, simular haber ganado algún premio para blanquear el dinero negro y legalizarlo. El artículo 305 CP establece un delito contra la Hacienda Pública por ambos supuestos y por consiguiente una pena de prisión de dos a seis años.

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