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La Unión Europea reconocerá a los pagadores "fiables" de IVA

Fernando Matesanz, durante su intervención en el ‘Madrid VAT Forum’ 2019 . eE

La Unión Europea reconocerá a los pagadores "fiables" de IVA. La nueva normativa que introduce el IVA intracomunitario propone "que los sujetos pasivos del IVA, con el fin de que puedan tener la condición de fiables, cuenten con el reconocimiento a nivel comunitario de lo que se denomina Sujeto Pasivo Certificado", según explicó ayer Fernando Matesanz, managing director de Spanish VAT Services Asesores.

El fiscalista explicó ayer que la nueva normativa europea "pretende dar uniformidad a una serie aspectos fundamentales del comercio intracomunitario de mercancías bienes". Además, subrayó que la Directiva de IVA propone un nuevo sistema de tributación en destino para las operaciones intracomunitarias de bienes. Un sistema que debería entrar en vigor en el año 2022, pero que, apuntó, "está siendo aún objeto de negociación".

La gestión del IVA va a sufrir lo que se puede considerar una pequeña revolución en los próximos tres años con el objetivo de armonizar determinados aspectos del comercio electrónico de bienes y servicios, luchar contra el fraude y proponer un sistema definitivo de tributación en destino en las operaciones intracomunitarias. Esta es la conclusión que compartieron las distintas ponencias del Madrid VAT Forum, el primer congreso sobre este impuesto celebrado en España.

Organizado por el despacho de Fernando Matesanz, Spanish VAT Services, con el título La reforma del Sistema Común del IVA. Hacia una nueva era en el IVA Intracomunitario, reunió a un centenar y medio de abogados especialistas en Derecho Fiscal ávidos de conocer las implicaciones que supondrán para su trabajo diario los cambios en la normativa comunitaria.

Por su parte, David Gómez, director del Centro de Investigación, Documentación e Información sobre el IVA y coordinador de la Sección de Impuestos Indirectos de Aedaf, manifestó que la Directiva entrará gradualmente en vigor entre 2019 y 2021. "Supone la puesta en marcha de una serie de normas que pretenden la armonización de las obligaciones fiscales que las compañías que operan en internet deben cumplir", indicó.

"La normativa afectará a los operadores de comercio electrónico que venden sus productos en distintos países de la Unión Europea, así como a las plataformas digitales que facilitan dichas ventas", añadió. En este sentido, resumió como principal cambio el hecho de que, "en líneas generales", las ventas deberán tributar en el país de destino de los bienes.

Operaciones promocionales

Por otro lado, Gorka Echevarría, global VAT manager de Lexmark, Chair Tax Executives Institute, se centró en el tratamiento en el IVA y las implicaciones prácticas de la utilización de bonos promocionales, cuya fiscalidad indirecta regula la Directiva Comunitaria 2016/1065, de obligado cumplimiento desde el pasado 1 de enero de 2019. Una norma cuya transposición al sistema español se ha llevado a cabo mediante una Resolución de la Dirección General de Tributos, publicada en el Boletín Oficial del Estado de pasado 31 de diciembre de 2018. El ponente explicó que "el IVA en este tipo de operaciones promocionales es un asunto de gran complejidad con casuística muy variada y diferente".

La nueva normativa comunitaria introducirá la figura de 'Sujeto Pasivo Certificado' para identificarlos en toda la UE

Francisco Javier Sánchez, inspector de Hacienda, desarrolló la última conferencia, Análisis de la jurisprudencia más reciente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en materia del IVA. En ella, fue enumerando las últimas sentencias de este tribunal sobre materia de deducciones, entidades holding e IVA y sobre el tratamiento en el tributo de los pagos de indemnizaciones.

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