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El sabor de un alimento no goza de la protección del derecho de autor

  • El gusto de la comida no puede tener la calificación de "obra"
  • Para obtener la protección debe ser una creación intelectual original
Foto: Archivo
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) determina que no es posible identificar de manera "precisa y objetiva" el sabor de un alimento, porque no puede ser calificado de "obra" y por tanto, no goza de la protección del derecho de autor.

De esta forma, contempla la sentencia del tribunal de Luxemburgo de 13 de noviembre de 2018, que a diferencia de una obra literaria, pictórica, cinematográfica o musical, que es una expresión precisa y objetiva, "la identificación del sabor de un alimento se basa esencialmente en sensaciones y experiencias gustativas, que son subjetivas y variables, ya que dependen, en particular, de factores relacionados con la persona que prueba el producto en cuestión, como su edad, sus preferencias alimentarias y sus hábitos de consumo, así como del entorno o del contexto en que tiene lugar la degustación del producto".

Además, añade el fallo, cuyo ponente es el magistrado Michail Vilaras, que en la fase actual del desarrollo científico los recursos técnicos disponibles no permiten identificar el sabor de un alimento de una manera precisa y objetiva que permita distinguirlo del sabor de otros productos de la misma naturaleza. El concepto de "obra" contemplado en la Directiva implica necesariamente una expresión del objeto de la protección con arreglo al derecho de autor que lo identifique con suficiente precisión y objetividad.

El Tribunal de Justicia pone de relieve que, para obtener la protección de los derechos de autor en virtud de la Directiva, el sabor de un alimento debería poder ser calificado de "obra", en el sentido de dicha norma. Esa calificación implica, en primer lugar, que el objeto en cuestión "sea una creación intelectual original, y exige asimismo una expresión" de esta creación intelectual original".

No obstante, la protección del derecho de autor abarca las expresiones pero no las ideas, los procedimientos, métodos de operación o conceptos matemáticos en sí, de acuerdo al Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio, adoptado en el ámbito de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y al que se adhirió la Unión Europea y al Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (Ompi) sobre Derecho de Autor.

Este asunto gira en torno al mundo de los quesos. El Heksenkaas es un queso para untar a base de nata fresca y finas hierbas, creado en 2007 por un comerciante neerlandés de verduras y de productos frescos. Desde 2014, Smilde, sociedad neerlandesa, fabrica un producto denominado Witte Wievenkaas. Al considerar que la producción y venta de éste vulneraba sus derechos de autor sobre el sabor del Heksenkaas, solicitó a los tribunales neerlandeses que ordenara que se dejara de producir y de vender dicho producto.

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