María Emilia Adán García deja su decanato valenciano, en el que ha trabajado durante los últimos siete años, tras haber sido elegida decana del Colegio de Registradores de España tras las elecciones celebradas el lunes pasado. Es la primera mujer que ocupa este cargo.
Iuris&Lex, la revista jurídica de elEconomista ha conversado con ella sobre temas de actualidad. Estas son algunas de las respuestas más destacables de esta conversación con quien "considera que es una sensación maravillosa poder servir a mis compañeros como decana".
¿Está peor ahora el alquiler que la compra a efectos de desahucio?
En un principio, se pensó que la panacea ante la crisis económica era abandonar la propiedad y decantarse por el alquiler de vivienda. Nosotros, que estamos en situación de actuar como un termómetro inmobiliario, advertimos a la Administración de que el alquiler iba a ser motivo de más desahucios que los créditos hipotecarios. Y así está sucediendo en estos momentos. Entendemos que la propiedad sigue siendo un buen elemento.
El ciudadano debe poder elegir si prefiere propiedad o alquiler. Lo que no puede ser es que la Administración decida por él y se cree una propiedad para personas pudientes y un alquiler para los que no pueden. El ciudadano debe poder acceder a la vivienda. La posibilidad de acceder a ella es real y el precio del alquiler sube de una manera muy fuerte, con lo que no resulta más económico el acceso al alquiler que a la propiedad.
¿Está reduciéndose el número de procedimientos de desahucio?
En la actualidad hay más compraventas al contado que había antes. Quizás la gente ha preferido sacar sus ahorros e invertirlos en vivienda, pero poco a poco se va despertando el crédito hipotecario. Llama la atención que se vuelve a optar por el crédito hipotecario con responsabilidad ilimitada. No se está haciendo uso de la posibilidad que da la Ley Hipotecaria al deudor de limitar la responsabilidad al bien. También hay cada vez más interés fijo y menos variable.
¿Han cambiado los términos de la concesión de créditos hipotecarios?
Nuestra percepción es que se están volviendo a dar las hipotecas en las mismas condiciones que antes de la crisis. Pero esto entra en el ámbito de la libertad de contratación de las partes. El problema es que una persona debe tener libertad para decidir si quiere alquilar un piso más caro o más barato o meterse en una hipoteca más cara o más barata. Lo otro ya sería regular las cantidades de endeudamiento a las que puede una familia acceder.
Se trata de un cambio de filosofía distinto al que hemos vivido en nuestro país, que corresponde al Parlamento. Francia limita la capacidad de endeudamiento del ciudadano y es un país libre.
Nosotros desde los Registros de la Propiedad lo que podemos hacer es velar porque determinadas cláusulas no accedan, al ser letales para los consumidores, y ahí sí que le pedimos al Gobierno que aumente nuestras posibilidades para que podamos dejar fuera aquellas que sabemos que no son buenas para los consumidores, porque no están en un negocio equilibrado.
¿Y no han podido rechazar estas cláusulas?
Es de vital importancia que se nos permita aplicar la legislación de consumidores en la calificación de las hipotecas. Se nos ha negado la posibilidad por la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN) de denegar determinadas cláusulas que veíamos abusivas, como los tipos de interés moratorios y se nos decía que eso debería ser determinado por los jueces, que nos extralimitábamos. Se han dado apercibimientos disciplinarios a compañeros, que calificaron cláusulas como abusivas. Si se nos hubiera dejado... si no se nos hubiera cercenado este camino, a lo mejor determinadas cláusulas no hubieran accedido al Registro.
Y no hay que olvidar que el juez cuando ejecuta una hipoteca sólo puede tener en cuenta las cláusulas inscritas, por lo que si hubiésemos hecho constar esos intereses de demora no se hubiesen podido ejecutar por ellos. Ahí tenemos un campo de maniobra muy amplio. Porque a veces se olvida que las hipotecas solo existen tal y como constan en el Registro. Con esas cláusulas, no con otras.
Cambiando de tercio ¿Qué representa el cambio de la regulación en el traslado de sedes sociales?
En una desgraciada coyuntura, que hubiese sido mejor que no hubiese tenido lugar, lo único que puedo decir es que los Registros de Valencia y Alicante están al servicio de estos cambios y los registrarán adecuadamente. Como profesionales que somos estaremos a la altura.