
El Tribunal Supremo ha condenado a NGC Banco -el actual Abanca- a la restitución de todas las cantidades cobradas de más en aplicación de las cláusulas suelo, más el interés legal desde la fecha de cada cobro hasta su completa satisfacción, así como a recalcular y rehacer los cuadros de amortización de los préstamos hipotecarios. El Supremo desestima así el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación formulados por la entidad contra la sentencia de apelación que confirmó el fallo estimatorio de la demanda interpuesta en la que los demandantes solicitaban declaración de la nulidad de las cláusulas suelo insertas en dos contratos de préstamo hipotecario.
"Cuando la condición general es una cláusula suelo, por su contenido y por el contrato de préstamo hipotecario a largo plazo de interés variable, en el que está incorporada, la falta de transparencia provoca un desequilibrio sustancial en perjuicio del consumidor", apunta el magistrado Sancho Gargallo, ponente del fallo. "Es objetivamente incompatible con las exigencias de la buena fe, consistente en la imposibilidad de hacerse una representación fiel del impacto económico que le supondrá obtener el préstamo con cláusula suelo en el caso de bajada del índice de referencia, lo que priva al consumidor de la posibilidad de comparar correctamente entre las diferentes ofertas existentes en el mercado", añade.
El Supremo entiende que su jurisprudencia se acomoda a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. "La falta de transparencia no supone que sean desequilibradas y que el desequilibrio sea importante en perjuicio del consumidor", dice.