
El magistrado de la Audiencia Nacional, Eloy Velasco, aprecia un posible fraude continuado en las subvenciones que recibió Globalia para vender billetes de avión a los territorios insulares, por lo que pide que se le juzgue por este delito. El titular del Juzgado Central de Instrucción 6 subraya la existencia de supuestas prácticas irregulares detectadas en los citados descuentos, entre ellas las que llevaron a presentar liquidaciones al Ministerio de Fomento por encima de lo cobrado por pasajero, "de modo que existen billetes aéreos abonados por la Administración por una cuantía superior a la legalmente establecida".
Según la Audiencia Nacional, la cantidad defraudada en aplicación de este mecanismo de descuentos en los ficheros de vuelo correspondientes a los años 2010 (de octubre a diciembre), 2011, 2012 y 2013 (de enero a junio) asciende a un total de 19.180.909,92 euros, lo que sumado a unos intereses devengados de 3.602.977,94 euros, la deuda definitiva ascendería a 22.783.887,85 euros.
Sin embargo, Velasco reconoce -en el auto del procedimiento abreviado que pone fin a la instrucción- atenuantes de reparación del daño al haber pagado las cantidades defraudadas más los intereses, por un total de 22,7 millones de euros, así como por haber establecido, antes del juicio, medidas eficaces para prevenir y descubrir los delitos que en el futuro pudieran cometerse con los medios o bajo la cobertura de la persona jurídica. Además, el magistrado acuerda el sobreseimiento provisional de la causa sobre Juan José Hidalgo Acera, Richard Clark y Ramiro Campos Gallego al no haber podido determinar "qué concreta persona es el responsable de la decisión de facturar de la forma defraudatoria que se ha dectectado". También sobresee el asunto sobre las entidades corporativas Air Europa Líneas Aéreas, Globalia Corporación Empresarial, Viajes Halcón, Viajes Ecuador, Viajes Tu Billete, Pepe Viajes y Globalia Business Travel -anteriormente denominada Travelplan-.
"La compañía aérea y las agencias de viaje del grupo durante todo el periodo analizado realizaban toda su actividad en la creencia errónea de estar haciéndolo conforme a la ley cuando se hacían constar excesos en las cantidades bonificables", indica el juez.
Deducciones indebidas
El auto destaca que se habrían realizado contratos de intercambio de publicidad y descuentos a grupos de aficionados y particulares, que luego no se vieron deducidos debidamente en las certificaciones de bonificación presentadas mensualmente por la compañía aérea al Ministerio de Fomento, "logrando un lucro por parte de las entidades" del Grupo Globalia. Por otra parte, el magistrado apunta que, a través de la agencia Travelplan, se vinieron ofreciendo descuentos en paquetes de viajes que no tuvieron el reflejo adecuado en las certificaciones presentadas a la Administración para el recibo de las bonificaciones por los pasajeros residentes extrapeninsulares, con lo que "la compañía se habría lucrado indebidamente de dichas bonificaciones".
Eloy Velasco identifica a la mercantil Globalia Servicios Corporativos SLU, que es donde se centralizan todos los servicios de administración del grupo y donde se determinan con autonomía funcional los criterios por los que se han guiado las entidades integradas en la corporación, respecto de los hechos objetos del procedimiento, "pero sin que se haya podido individualizar, hasta la fecha, pese a las diligencias practicadas en esta causa, qué concreta persona física lo haya podido ordenar, liquidándose las bonificaciones a los residentes extrapeninsulares de una manera que ha resultado finalmente contraria a la deseada por la norma en lo que se refiere al mecanismo de subvención analizado".
Una vez concluida la instrucción, el juez da traslado de las actuaciones a la Fiscalía y a la Abogacía del Estado para que en el plazo de diez días presenten escrito de acusación solicitando la apertura de juicio oral o el sobreseimiento, pudiendo solicitar excepcionalmente la práctica de diligencias complementarias.