El próximo lunes comenzará a funcionar la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos Económicos, la nueva herramienta contra los delitos económicos que ha aprobado el Gobierno. Cuenca será la primera provincia donde empezará el funcionamiento operativo de la medida, a instancia de la propia oficina.
El Gobierno responde, así, anteel elevado número de hechos delictivos relacionados con la delincuencia económica, frecuentemente organizada y transfronteriza, con una mirada a la corrupción, tanto en el sector público como en el privado. En este sentido, la herramienta permitirá, una vez declarada la culpabilidad del delincuente, lograr la recuperación de los activos procedentes del delito.
Tras la implantación en Cuenca, se pondrá en marcha en el resto de provincias y comunidades del Estado. El 1 de enero de 2017, la Oficina estará operativa en todo el territorio del Estado. Además, el plan configura la actividad de la Oficina en varias fases. La primera de ellas, con carácter inmediato, contempla las actuaciones a impulsar de oficio por la Oficina, independientemente de la fecha en la que el bien haya sido decomisado o embargado y de la actividad delictiva de la que traiga causa.
En este sentido, la Orden Ministerial que regula el funcionamiento de la Oficina establece que Cuando actúe a iniciativa propia, en el marco de cualquier actividad delictiva, "lo hará cuando resulte conveniente en atención a la naturaleza o especiales circunstancias de los bienes, previa autorización judicial, de conformidad con lo previsto en las leyes penales y procesales e independientemente de la fecha del embargo o decomiso".
Por el contrario, cuando actúe a instancia del Juez o Tribunal o del Ministerio Fiscal, lo hará en el ámbito de las actividades delictivas cometidas en el marco de una organización criminal, así como del resto de las actividades delictivas propias del ámbito del decomiso ampliado, en los términos previstos en las leyes penales y procesales y respecto a bienes cuya localización, embargo o decomiso se haya acordado a partir del 24 de octubre de 2015.
Delimitaciones a la gestión
Por otra parte, la normativa indica que la función de gestión que realice la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos no incluirá ni el depósito de los bienes que le sean encomendados, ni la gestión de sociedades en tanto no se dicte resolución de la Secretaría de Estado de Justicia que disponga la realización de estas actuaciones. La competencia relativa a la gestión de los depósitos judiciales actualmente se encuentra distribuida entre el Ministerio y las comunidades.
Sin embargo, Justicia ha previsto la apertura de la cuenta de depósitos y consignaciones. De conformidad con lo dispuesto en la disposición final primera del Real Decreto 948/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos, ha ordenado la apertura de la cuenta de depósitos y consignaciones bajo el nombre de Oficina de Recuperación y Gestión de Activos.