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Competencia avala la compra de los futbolistas por fondos

  • La CNMC defiende que prohibir el acceso a terceros de derechos económicos deportivos vulnera la Constitución
Foto: Archivo

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) defiende que prohibir la propiedad de derechos económicos de jugadores de fútbol por parte de terceros, entre ellos los fondos de inversión internacionales, vulneraría la Constitución Española en materia de libertad de empresa y derechos comunitarios como la libre circulación de capitales y trabajadores.

Subraya, además, que "existe jurisprudencia que ampara la posibilidad de realizar negocios jurídicos con los derechos económicos de un deportista".

La Comisión ha publicado un informe en el que analiza la medida que afecta a esta práctica. La Real Federación Española de Fútbol (RFEF) prohibe, desde el pasado 1 de mayo, la figura del TPO, que la tercera persona o entidad que es propietaria de los derechos económicos de un jugador.

El nuevo Reglamento General de la RFEF no permite a los clubs de fútbol y a los deportistas firmar un contrato con un tercero si éste último tiene el derecho de participar, de forma total o parcial, en el valor de un traspaso futuro. La Federación asegura que esta práctica "genera riesgo para la integridad deportiva de la competición".

Sin embargo, Competencia sostiene que "es perjudicial para el sector del fútbol, tanto para la competición en sí como para sus clubs y profesionales del fútbol".

La CNMC asegura que "la prohibición del TPO no lograría por sí misma acabar con los riesgos de manipulación de las competiciones deportivas". Por ello, exige a la RFEF que "considere alternativas menos distorsionadoras como establecer obligaciones de mayor transparencia o la aplicación de un régimen disciplinario más predecible en el caso de detectarse conductas inadecuadas".

El informe de la Comisión insiste, además, en que la medida controvertida supondrá un perjuicio también para los clubs de fútbol.

En este sentido, la CNMC destaca que "les priva de la libertad de realizar una conducta que hasta ahora consideraban adecuada para sus necesidades". Y, por otra parte, alerta de que los daños serán mayores en clubs de pequeño y mediano tamaño. "Son los más necesitados de financiación y, en su caso, asesoramiento para poder incorporar a deportistas de talento a un coste asequible", añade.

En cuanto a los jugadores, el documento señala que "la prohibición truncará su desarrollo personal y profesional mediante la prohibición de una conducta que hasta ahora realizaban de manera voluntaria en búsqueda de su propio beneficio".

La Comisión recuerda que "la figura del TPO se explica por el racionamiento de los mercados financieros, las dificultades económicas específicas del fútbol profesional y las crecientes diferencias entre los clubs más poderosos y el resto de competidores".

Invertir en jugadores

El informe indica que "es una práctica que había ido ganando relevancia en España, normalmente a través de fondos de inversión". La CNMC pide que se tenga en cuenta a estas entidades cuando se habla de terceros titulares de los derechos económicos que generan los futbolistas.

"Tienen un mínimo incentivo en adulterar la competición, porque su negocio es muy diversificado, y que están sujetos a una regulación estricta de acceso y ejercicio para asegurar su transparencia y buen gobierno", asegura el documento.

"La menor remuneración de los jugadores y el descenso en la generación de talento supondrá una menor competitividad y calidad del sector", indican los expertos.

"Esto provocará que se acabe perjudicando en última instancia al bienestar del consumidor", concluye Competencia.

"No se debe realizar el cambio del Reglamento General de la RFEF conducente a la prohibición de que terceros puedan adquirir derechos de los jugadores de fútbol", recomienda Competencia.

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