
El Grupo Popular ha incluido en el Proyecto de la Ley General Tributaria, que actualmente se tramita en el Congreso de los Diputados, dos nuevos tipos de infracción en relación con el incumplimiento de la obligación de las entidades financieras de identificar la residencia de las personas que ostenten la titularidad o control de las cuentas, que entra en vigor el próximo 1 de enero de 2016.
Para esa fecha, las instituciones financieras obligadas a comunicar información deberán contar con procedimientos adecuados para el cumplimiento de las medidas de diligencia debida y conservación de documentos.
Además, tendrán que identificar la residencia a efectos fiscales de las personas que ostenten la titularidad o control de las cuentas financieras mediante la aplicación de los procedimientos de diligencia debida.
Así, constituirá infracción tributaria el incumplimiento de la obligación de identificar la residencia de las personas que ostenten la titularidad o el control de las cuentas financieras conforme a las normas de diligencia, siempre que tal incumplimiento no determine el incumplimiento de la obligación de suministro de información respecto de las cuentas.
También se considerará infracción tributaria comunicar a la institución financiera datos falsos, incompletos o inexactos en relación con las declaraciones que resulten exigibles a las personas que ostenten la titularidad o el control de las cuentas financieras en orden a la identificación de su residencia fiscal, cuando se derive de ello la incorrecta identificación de la residencia fiscal de las citadas personas.
El primer suministro de datos se realizará a partir del 1 de enero de 2017 con apuntes sobre las cuentas abiertas en 2016.