
La Dirección General de los Registros y del Notariado, cuyo titular es Javier Gómez Gálligo, ha logrado en un breve espacio de tiempo superar los problemas que se habían generado sobre la legalización de los libros societarios en el Registro Mercantil.
Así, se han regulado los modelos de estatutos-tipo y de escritura pública estandarizados de las sociedades de responsabilidad limitada, al tiempo que se ha aprobado el modelo de estatutos-tipo, la Agenda Electrónica Notarial y la Bolsa de denominaciones sociales con reserva, mediante el Real Decreto 421/2015, de 29 de mayo.
Como complemento, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la instrucción de 1 de julio de 2015, de la Dirección General de los Registros y
del Notariado, sobre mecanismos de seguridad de los ficheros electrónicos que contengan libros de los empresarios presentados a legalización en los registros mercantiles y otras cuestiones relacionadas.
La norma complementa y aclara la dictada el 12 de febrero de 2015, sobre legalización de libros de los empresarios en aplicación del artículo 18 de la Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
Facilitar la presentación
Ambas Instrucciones buscan, de este modo, facilitar y simplificar la presentación electrónica de los libros de los empresarios en un entorno de mayor seguridad jurídica. Y ello en tanto que desde la promulgación de la Ley 14/2013, todos los libros que obligatoriamente deban llevar los empresarios con arreglo a la ley, han de legalizarse telemáticamente en el Registro después de su cumplimentación en soporte electrónico, en los cuatro meses tras el cierre del ejercicio.
Así, se ha tratado de lograr el equilibrio entre los requerimientos del nuevo sistema y el derecho de los sujetos obligados a mantener la confidencialidad de determinados aspectos de la gestión empresarial, lo que había motivado una medida preventiva dictada por un juzgado, que impedía la obligatoriedad de entregar en formato digital los libros sociales, instada por las empresas del Ibex-35.