
El Ministerio de Economía prevé en los próximos meses derogar aquellas disposiciones sobre transacciones económicas con el exterior que mantienen la obligación de las entidades de crédito de remitir información de la que no disponen de forma inmediata y automatizable e incorporar, por el contrario, la obligación de remitir aquella que sí que es de disposición inmediata.
Actualmente se encuentran en fase de audiencia pública, hasta el próximo día 28 de febrero un Real Decreto y una Orden Ministerial que modificarán el actual sistema de declaración de las transacciones económicas con el exterior.
Este sistema data de 1991 y precisa su actualización a las nuevas exigencias legales de la Unión Europea (UE) y a las tecnologías de la información que han aparecido.
Se incluyen en este nuevo sistema dos tipos de información distintos, de una parte, la información automática suministrada por las entidades registradas, y por otra, la obtenida a partir de los datos que requiera el Banco de España a quienes realizan actos, negocios, transacciones y operaciones con el exterior, de acuerdo con la obligación establecida por la Ley de Régimen Jurídico de los Movimientos de Capitales y de las Transacciones Económicas con el Exterior.
Así, en el artículo 5 del nuevo Real Decreto se explica que en el caso de los cobros y pagos transfronterizos ordenados o recibidos por residentes en los que intervenga un proveedor de servicios de pago de otro Estado de la Unión Europea o en los abonos y adeudos en cuentas de clientes no residentes, las entidades registradas facilitarán dentro de los treinta días siguientes a cada mes natural, "la información que pueda recopilarse de manera automática, relativa a los cobros, pagos o transferencias exteriores en que intervengan a los efectos de seguimiento administrativo y estadístico de las operaciones".
Los sujetos, que antes de la entrada en vigor del presente RD estuviesen obligados a facilitar información o realizar declaraciones sobre transacciones económicas con el exterior, seguirán declarando esa información conforme al sistema actual hasta el 31 de diciembre de 2013.