MADRID, 20 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Supremo ha confirmado la calificación como culpable del concurso de acreedores de la empresa Biosferma Murcia y la inhabilitación de sus dos administradores, a pesar de confirmar que hubo una infracción procesal en la tramitación de la culpabilidad, según la sentencia dictada el pasado 22 de abril.
La sentencia concluye que la tramitación en primera instancia "no fue la correcta", sin embargo, ello "no implica que deba declararse la nulidad de las actuaciones, al no haber causado tal defecto una indefensión material".
El Pleno de la Sala Primera del Alto Tribunal rechaza así el recurso de casación y extraordinario por infracción procesal presentado por los administradores de la empresa contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Murcia, que confirmó la calificación del concurso como culpable y su inhabilitación como administradores.
El dictamen del Supremo concluye que en la tramitación de la calificación del concurso se dio la posibilidad a la administración concursal de contestar al escrito de oposición presentado por la empresa, un trámite que no estaba previsto en la Ley.
La sentencia considera que este hecho no provocó "indefensión" porque en la decisión final no se tuvo en cuenta lo alegado por los administradores. Además, el fallo rechaza la desproporcionalidad de la condena a los antiguos directivos de la empresa concursada y considera "irrelevante" si los hechos son atribuibles a uno o a ambos responsables.
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Murcia dictó sentencia el 19 de febrero de 2007 en la que declaró el concurso voluntario de la empresa Bioferma Murcia como "culpable" y condenó a los dos administradores a dos años de inhabilitación para administrar bienes ajenos, así como a la pérdida de sus derechos como acreedores del concurso.
Los empresarios presentaron un recurso de oposición a la calificación del concurso ante la Audiencia Provincial de Murcia, que en julio de 2008 lo desestimó y confirmó la culpabilidad de ambos.
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