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El Sepblac elogia el esquema de acreditación para expertos en blanqueo

  • Los expertos externos que evalúan empresas pueden demostrar su competencia
  • Elaborado por la Entidad Nacional de Acreditación a instancias de Ascom e Inblac
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La Entidad Nacional de Acreditación (Enac) ha elaborado un esquema de acreditación que permite a los expertos externos en prevención del blanqueo de capitales para poder demostrar su competencia e independencia aportando, así, confianza al mercado y aumentando la seguridad jurídica de los sujetos obligados.

El esquema promovido por la Asociación Española de Compliance (Ascom) y el Instituto de Expertos Externos en Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo (inblac) busca una seguridad jurídica ante el riesgo para el sujeto obligado, que se incrementa si el examen externo no se realiza de acuerdo con lo establecido reglamentariamente o muestra unos niveles de calidad muy deficientes. Esta situación puede conllevarle la imposición de cuantiosas multas si el informe es objeto de revisión por el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac).

Así, Pedro Comín, director del Sepblac, en el transcurso de su intervención en una jornada celebrada sobre la materia en el Colegio de Abogados de Madrid, ha señalado que esta iniciativa aporta una mejora en la calidad del sistema de prevención del blanqueo en España, tanto para los sujetos obligados como para los supervisores, quienes sin duda nos veremos beneficiados".

Para Comín "la acreditación de los expertos externos supone la evaluación y supervisión de estos por un tercero independiente, el Enac, y por tanto supone un elemento de seguridad en la calidad de su trabajo y en la fiabilidad de sus resultados".

Esto es importante para los sujetos obligados de pequeño y mediano tamaño que son los que tienen mayores dificultades a la hora de la selección de un experto externo de calidad.

Francisco Bonatti, secretario de Ascom y presidente de Inblac ha recordado que la necesidad del esquema de acreditación surge cuando, en los últimos años, aumenta el número de sujetos obligados y, sobre todo, la proliferación de profesionales que deben emitir informes a la vez que la normativa no establece especificaciones sobre la capacidad del experto externo. Y ha denunciado que "ha llegado un momento en que la actividad comercial primaba sobre la competencia técnica y eso ha generado una disfunción en el mercado, por lo que había que definir buenas prácticas, un estándar de calidad que reconociera al experto externo", ha comentado.

La Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la financiación del terrorismo exige, en línea con los estándares internacionales, que las medidas de control interno adoptadas por los sujetos obligados sean objeto de examen a través de una auditoría anual realizada por experto externo independiente.

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