Ecoley

El TSJ vasco da la razón a LaLiga y amplía al 60% el aforo en los estadios

  • El TS avala el certificado Covid para acceder a bares en Galicia
  • Desestimado el recurso contra la limitación de reuniones familiares en Cáceres
Javier Tebas. Foto: Archivo.
Bilbaoicon-related

El TSJ de País Vasco ha dado la razón a LaLiga de Fútbol Profesional y amplía del 30% hasta el 60% el aforo en los campos fútbol en Euskadi, tras rechazar el planteamiento del Gobierno vasco.

LaLiga había presentado un recurso ante el tribunal vasco, en el que reclamaba el incremento del aforo de los estadios vascos desde el 30% que permite el Ejecutivo autonómico, hasta el porcentaje máximo aprobado por el Gobierno español, el 60%.

Antes del fallo, el Gobierno vasco había hecho públicas sus alegaciones al recurso y defendía que la fijación de aforos es una competencia autonómica y que, en consecuencia, no está obligado a ampliar el límite de espectadores en los campos de fútbol vascos de Primera y Segunda A hasta el 60% del total, como acordó el Consejo Interterritorial del Ministerio de Sanidad en septiembre.

Sin embargo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo, presidida por el juez Luis Ángel Garrido, -quien ya tumbó el decreto del Ejecutivo sobre el cierre de la hostelería- ha dado la razón a LaLiga.

A favor de la Xunta

Por otra parte, el Tribunal Supremo ha avalado y autorizado la petición de la Xunta para poder exigir la presentación del pasaporte Covid a los ciudadanos que quieran acceder a interior de los locales de hostelería y de ocio nocturno en la comunidad gallega.

La sección cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha estimado el recurso presentado por el Gobierno de Núñez Feijóo contra el auto del TS de Xustiza de Galicia, que había rechazado esta medida en agosto. Entre otras, los magistrados del alto tribunal cuestionaban su eficacia y negaban que esta obligación fuese idónea para evitar contagios.

El fallo emitido, sin embargo, rebate los argumentos esgrimidos por el TSXG para tumbar la medida impulsada por el Gobierno gallego y avalan la exigencia del pasaporte Covid por ser "idónea, necesaria y proporcionada".

No obstante, el TS estima que la exigencia de exhibir el pasaporte Covid "debe someterse a autorización o ratificación judicial", ya que puede afectar de forma "tenue" a los derechos fundamentales a la igualdad, a la intimidad y a la protección de datos.

También, la Sala III del TS ha desestimado el recurso contra el auto del TSJ de Extremadura, de 26 de agosto, que ratificó el acuerdo de la Junta por el que se declaró el nivel de alerta sanitaria 3 en el ámbito del área de salud de Cáceres.

El recurso únicamente impugnaba la limitación a cuatro del número máximo de personas en reuniones familiares. El Supremo ratifica el auto del TSJEx que, tras analizar un informe epidemiológico, consideró que existían razones que avalaban la necesidad, idoneidad y proporcionalidad de la medida.

WhatsAppFacebookFacebookTwitterTwitterLinkedinLinkedinBeloudBeloudBluesky