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La extradición precisa del control judicial en el país de origen

  • El TC rechaza la orden de una autoridad que depende del Ejecutivo
. EP
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Para conceder una extradición se requiere del control judicial en el país de origen para garantizar la tutela judicial efectiva del extraditado, según establece el Tribunal Constitucional, en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea establece que no hay garantía efectiva del derecho a la libertad reconocido en el artículo 6 de la Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea "sin una mediación judicial que controle la necesidad y proporcionalidad de la medida que la afecte".

Este canon en defensa del derecho a la libertad de las personas ha sido reconocido y recogido por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en varias sentencias, que imponen a los jueces y tribunales "una motivación que ha de ser suficiente y razonable", entendiendo por tal la que no colma las exigencias del derecho a la tutela judicial efectiva sino aquella que respeta el contenido constitucionalmente garantizado del derecho a la libertad del afectado.

Una Fiscalía como la de Colombia tan solo impulsa el procedimiento

Aplicando dicha doctrina al caso enjuiciado por el Tribunal, la Sala señala que el escrito acusatorio de la Fiscalía General de la República de Colombia es de mero impulso del procedimiento mediante su presentación en una "audiencia de formulación de la acusación" ante un juez de conocimiento que se limita a dar traslado a las partes y dirigir un debate básico sobre el cumplimiento de sus requisitos formales, sin refrendar ni validar el fundamento de la acusación".

Se exige que se adopte una resolución conforme con las exigencias inherentes a la tutela judicial efectiva, cuando menos en uno de los dos niveles de dicha protección. En el primer nivel, se basa en un procedimiento nacional sujeto a control judicial y en la segundo, que la autoridad emisora de la orden no dependa del poder ejecutivo.

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