Ecoley

Guía para ahorrar en el IRPF para Inversores, empresarios y profesionales

  • Es momento de tomar decisiones antes de concluir el ejercicio
  • Ante el recorte de las deducciones, hay que exprimir la Ley
El 31 de diciembre concluyen las posibilidades de recortar la factura de Hacienda. EE

Todavía está a tiempo de tomar decisiones rentables para su bolsillo antes de que finalice el año, porque aún tiene posibilidades de rebajar su factura fiscal.

Puede aprovechar para amortizar más hipoteca, hasta 9.040 euros si aún tiene derecho a la deducción por adquisición de vivienda habitual o aportar hasta 8.000 euros a su plan de pensiones o, quizás, 2.500 euros al de su cónyuge. Incluso puede plantearse vender algún activo con pérdidas para reducir la tributación de las plusvalías.

Recopilar información

Recopile las declaraciones de años previos y las notas que empleó para elaborarlas. Le servirán para saber si tiene saldos negativos que pueda compensar. Revise si hay rentas devengadas en los cuatro años previos que se deba imputar en 2019. Y tras realizar un análisis e la vida económica en este año, haga un precálculos de la cuota líquida y de lo que le saldrá a pagar.

Última oportunidad: todas las claves para ahorrar en la próxima 'Renta 2019'

Para ahorrar, le contamos algunas de las recomendaciones que el Registro de Economistas Asesores Fiscales (Reaf) facilita a inversores, profesionales y empresarios.

Lo que llama la atención de Hacienda

Si va a realizar un ingreso en cuenta bancaria o adquirir un elemento patrimonial por un gran importe, la Agencia Tributaria (Aeat) puede que quiera comprobar si se corresponde con su renta y patrimonio declarados y, en caso contrario, regularizará su situación con  una ganancia de patrimonio no justificada.

Además, si ha prestado dinero a su empresa, en la que es el único socio, y decide condonar la devolución, el importe no devuelto será mayor precio de adquisición de las participaciones a tener en cuenta cuando se transmitan las mismas.

Y si posee bienes o derechos en el extranjero que debería declarar en el modelo 720 y  no lo ha hecho, debe regularizar su situación voluntariamente para evitar una fuerte sanción, salvo que pueda probar que los elementos patrimoniales han sido adquiridos con rentas declaradas o con rentas obtenidas cuando no era contribuyente por el Impuesto sobre la Renta, casos en que solo le impondrán una sanción por el incumplimiento formal.

Operaciones a plazo

Ante la transmisión de algún activo, es preciso valorar si acoger la operación a la regla especial de operaciones a plazo. Así, la renta obtenida se puede declarar según sean exigibles los cobros, con lo cual, se difiere y se rebaja el tipo al que se tributa. Para aplicar esta norma especial debe existir un calendario de pagos pactado y con un vencimiento del último plazo, como poco, transcurrido un año desde la venta.

Instituciones de Inversión Colectiva

Quienes tienen participaciones o acciones de instituciones de inversión colectiva (ICC), que les han generado rendimiento de capital mobiliario, pueden deducir los gastos de administración y custodia cargados por la entidad comercializadora.

Compensar saldos

Si en ejercicios anteriores tuvo un saldo negativo originado por la transmisión de elementos patrimoniales, incluso cuando ese saldo se hubiera originado por transmisiones de bienes o derechos con menos de un año de antigüedad, y no han pasado más de cuatro años, puede aprovechar esos importes para eliminar o atenuar la tributación de las plusvalías que realice antes de fin de año.

Si tiene rendimientos positivos que van a la parte del ahorro, como los procedentes de intereses o dividendos, todavía está a tiempo de generar minusvalías por transmisiones, antes de que termine el año, que compensen hasta un máximo del 25% de aquellos.

El saldo negativo restante podrá compensarlo, en los cuatro años siguientes, con el saldo de plusvalías –sin límite– o reducir los rendimientos del capital mobiliario en 2020 y siguientes con el límite del 25%.

Compensar plusvalías

Si ha obtenido alguna plusvalía transmitiendo elementos patrimoniales, aún está a tiempo de rebajar el coste de su declaración fiscal transmitiendo otros elementos con pérdidas, independientemente del tiempo que hayan permanecido en su patrimonio. Estas pérdidas se restan de las ganancias derivadas de transmisiones.

Si quiere compensar en 2019 las pérdidas obtenidas por la transmisión de valores, con o sin cotización, no podrá adquirir valores de la misma empresa en los dos meses anteriores o posteriores si se trata de acciones cotizadas (un año si no cotizan).

En ese caso las pérdidas se integrarán a medida que se vendan los nuevos valores, siempre que dichas ventas sean definitivas, con independencia de que esas últimas ventas generen ganancias o pérdidas.

Atenuar plusvalías

Si en ejercicios anteriores tuvo un saldo negativo originado por la transmisión de elementos patrimoniales, incluso cuando ese saldo se hubiera originado por transmisiones de bienes o derechos con menos de un año de antigüedad, y no han pasado más de cuatro años, puede aprovechar esos importes para eliminar o atenuar la tributación de las plusvalías que realice antes de fin de año.

'Unit linked' negativos

Si tuviera rendimientos del capital mobiliario negativos, como los procedentes de un 'unit linked', puede utilizarlos para reducir, primero, rendimientos positivos y, el resto, para minorar la tributación del saldo de ganancias y pérdidas patrimoniales generadas por transmisiones, con los límites del 25% del mismo.

Donación patrimonial

Si durante 2019 ha donado algún elemento patrimonial, tenga en cuenta que la pérdida que se le produce no la podrá computar y, por tanto, no podrá compensarla con ganancias que haya obtenido.

Usufructo gratuito

La constitución de un derecho de usufructo a título gratuito sobre un inmueble genera, en principio, un rendimiento del capital inmobiliario que debe estimarse a valor de mercado, salvo que se acredite la gratuidad. En este último caso, si el constituyente del derecho y el beneficiario son parientes, el constituyente debe imputar un rendimiento neto mínimo cuantificado conforme a las reglas establecidas para la imputación de rentas inmobiliarias por cada uno de los años de duración del derecho.

Aportación a sociedad

Cuando se realiza una aportación no dineraria de un negocio a una sociedad, acogiéndose al régimen especial de reestructuración empresarial, hay que tener cuidado porque la interpretación administrativa es que la renta correspondiente a la transmisión de las existencias no se difiere, al contrario de lo que sucede con la ganancias patrimoniales que puestas manifiesto en la transmisión de elementos afectos.

Derecho de crédito

Si tiene un derecho de crédito que no puede cobrar, puede imputarse una pérdida patrimonial, pero solo desde el momento en que sea eficaz la quita en convenio o acuerdo de refinanciación, conclusión del procedimiento concursal o cuando se cumpla un año desde que se inició el procedimiento judicial para instar el cobro. Si sospecha que no le van a pagar una deuda, inicie ya el procedimiento judicial para poder imputar la pérdida cuanto antes.

Incentivos laborales

Si percibe una retribución por incentivos generada en más de dos años en este ejercicio, no podrá reducirla por irregularidad si, en los 5 años anteriores, ha cobrado otro incentivo y lo ha reducido. Si no fue así, vea si es previsible que cobre otra retribución similar en los cinco años siguientes para ver si será mejor reducir ésta en un 30%, o beneficiarse con la futura.

Distribución de prima

Si ha tributado en una operación de distribución de prima o de reducción de capital, conviene considerar la posibilidad de distribuir dividendos, porque el importe de los mismos no tributará hasta lo distribuido anteriormente, disminuyendo el valor de la cartera.

Amortizaciones

El beneficio fiscal de gasto por amortización es del 3% del coste mayor entre el valor de adquisición satisfecho o del valor catastral de la construcción. Si el inmueble ha sido adquirido a título gratuito, el criterio de Hacienda es que "el coste de adquisición satisfecho" no es el valor declarado en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, sino el importe pagado por dicho tributo.

No cotizadas

Si este año vendió o vender unas participaciones en sociedades que no cotizan, cuando la persona que se las vendió a usted haya presentado reclamación económico-administrativa contra una liquidación que regularizaba su valor de transmisión, conforme a la presunción de la norma, deberá tener en cuenta el valor que se establezca por resolución administrativa o judicial firme. No obstante, hasta que este valor se conozca, debe considerar como valor de adquisición el calculado conforme a esta regla especial, lo cual puede beneficiarle.

Reducida dimensión

Si la actividad no superó en 2018 los 10 millones de euros, puede aprovechar los incentivos de Sociedades para empresas de reducida dimensión. Si en 2019 o creó empleo, puede invertir en un elemento del inmovilizado material o de las inversiones inmobiliarias y amortizarlo libremente, con lo que conseguirá un importante ahorro fiscal

Reducción de capital

Cuando un socio transmite todas sus participaciones a la sociedad y, acto seguido, la sociedad las amortiza vía reducción de capital, es aplicable la norma de valoración de separación de socio, considerándose el importe percibido como ganancia patrimonial, y no la aplicable a la reducción de capital con devolución de aportaciones, que produce rendimientos del capital mobiliario, como antes venía entendiendo la Administración.

Arrendamiento

Para que el arrendamiento de inmuebles se califique como actividad económica no es suficiente tener contratada a una persona con contrato laboral y a jornada completa, sino que es preciso que haya una carga de trabajo que justifique la contratación. A diferencia de lo que ocurre en Sociedades, no sirve la subcontratación de personal.

Empleo de sociedad

En los casos en que se lleva a cabo se realiza una actividad económica con una sociedad, hay que valorar a precio de mercado las contraprestaciones por las entregas de bienes o prestaciones de servicios del socio a la sociedad y viceversa, si la participación alcanza o supera el 25% así como las retribuciones percibidas por los administradores, salvo las referidas al ejercicio de sus funciones.

Despacho en casa

Se pueden deducir con cierta seguridad los gastos de suministros (agua, electricidad, gas, telefonía o Internet) si desarrolla la actividad económica en una parte de su vivienda habitual. Sobre la parte del gasto que proporcionalmente corresponda a los metros cuadrados dedicados a la actividad, en relación a los totales de la vivienda, puede aplicar el porcentaje del 30%.

Manutención

La Ley del IRPF prevé que los empresarios y los profesionales pueden deducirse los gastos de manutención, siempre que se hayan realizado en el desarrollo de su actividad, con el cumplimiento de la siguientes condiciones: que se produzcan en establecimientos de restauración y hostelería y se abonen utilizando medios electrónicos de pago. Los límites son los siguientes: cuando no se pernocta, 26,67 euros/día si el gasto se produce en España y 48,08 euros/día en el extranjero; y, si se pernocta, el doble.

Fondo de inversión

El titular de un fondo de inversión que piense en transmitirlo con ganancia, puede evitar tributar por la plusvalía si traspasa el capital de dicho fondo a otro. De esta manera diferirá el pago hasta que transmita definitivamente las participaciones en el fondo actual.

WhatsAppFacebookFacebookTwitterTwitterLinkedinLinkedinBeloudBeloudBluesky