
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 1 de Cartagena ha reconocido el derecho de la comunidad musulmana a poder disponer de parcelas en el cementerio municipal para el enterramiento de personas muertas conforme a los ritos religiosos propios de esta religión y ha obligado al Ayuntamiento de Cartagena a conceder una zona adecuada para ello en las instalaciones de dicho cementerio.
En una sentencia recogida por el Poder Judicial en su página web, el Juzgado reconoce que el silencio administrativo que respondió al recurso de la Comunidad Islámica AFAMUCA de Cartagena vulnera el derecho a la libertad religiosa y ha provocado que las personas musulmanas fallecidas no pudiesen ser enterradas conforme a sus propios ritos.
La asociación solicitó en octubre de 2024 al Ayuntamiento de Cartagena la disposición de una parcela en el cementerio municipal para el enterramiento de esas personas conforme a sus ritos y el Juzgado entiende que "el silencio de la administración a su solicitud implica, no solo no reconocerle una serie de parcelas en el cementerio municipal de Cartagena, sino que ello implica que no puedan recibir sepultura con arreglo a los ritos de su creencia religiosa".
Por todo ello, relata la sentencia, "el juez ha ordenado al Ayuntamiento de Cartagena que aplique la legislación vigente en materia de policía sanitaria mortuoria y proceda a la concesión de una zona adecuada en el cementerio municipal".
En el escrito, el Juzgado explica que este derecho de las personas musulmanas a ser enterradas siguiendo sus ritos religiosos no puede estar condicionado a futuras ampliaciones de las instalaciones o a la construcción de nuevos espacios por parte de iniciativas privadas.
Respetar las reglas tradicionales islámicas
El Juzgado se refiere a la Ley 26/92 que aprueba el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Comisión Islámica de España (puede consultarla en este enlace), cuyo artículo 2.5 concede "el derecho a la concesión de parcelas reservadas para los enterramientos islámicos en los cementerios municipales, así como el derecho a poseer cementerios islámicos propios".
Esta ley, además, establece que "se adoptarán las medidas oportunas para la observancia de las reglas tradicionales islámicas, relativas a inhumaciones, sepulturas y ritos funerarios".
Con esta ley como base, el Juzgado justifica su decisión porque "lo que dice este precepto no es que se amplíe el cementerio o se construya un cementerio islámico para destinar esa ampliación o nueva construcción a los enterramientos de las personas islámicas según su rito, sino que se cedan parcelas en los cementerios municipales ya existentes (sin perjuicio de que se puedan crear cementerios islámicos propios) a efectos de que en las mismas se observen las reglas tradicionales islámicas".