
El Registro Electrónico cumple este viernes un año, tras la entrada en vigor de la Ley del 8 de mayo de 2023 que obligó a su puesta en marcha y a la completa digitalización de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Inmuebles.
El Gobierno, a través del Ministerio de Presidencia, Justicia y Relación con las Cortes, ha mostrado su "satisfacción" por el éxito de esta práctica y la consolidación del funcionamiento electrónico de las oficinas registrales.
En este periodo, se presentaron telemáticamente 7,9 millones de documentos, distribuidos del siguiente modo: 4,7 millones, a través de la sede electrónica de los registradores; 3,05 millones procedentes de solicitudes notariales y 98.407 a través del Sistema de Interconexión de Registros con las Administraciones y las Oficinas Judiciales.
Los registradores realizaron 20 millones de notificaciones, de las cuales 11,7 millones se efectuaron a través de la Sede Electrónica; 8 millones fueron dirigidas a notarios y 266.544 a las Administraciones Públicas y Oficinas Judiciales.
El Registro Electrónico permite, entre otros trámites, la comparecencia mediante videoconferencia ante los Registradores desde cualquier lugar del mundo, realizar consultas de cualquier trámite y presentar escritos ante cualquier Registro de la Propiedad, Mercantil y de Bienes Muebles.
El proceso de digitalización se ha realizado siguiendo los criterios de seguridad marcados por el Centro Criptológico Nacional, que ha posibilitado la acreditación del Colegio de Registradores en el Esquema Nacional de Seguridad.
Servicios destacados
Por otro lado, entre los nuevos servicios puestos en marcha, destacan las denominadas "carpetas registrales", que contienen notificaciones, comunicaciones, expedientes y procedimientos derivados de la relación del usuario con los registros, así como el servicio denominado "Cómo va lo mío", que permite a las personas interesadas realizar consultas sobre los procedimientos que les afectan.
Relacionados
- La UE obliga a las Haciendas a informar a otros países si sus filiales pagan el impuesto del 15%
- El TJUE avala que los clientes morosos con créditos al consumo paguen la deuda en un mes para evitar el fin del contrato
- El Supremo culpa a la banca de las estafas digitales a clientes y le obliga a reponer el dinero de inmediato
- Los trabajadores pueden negarse a que la empresa les incluya en grupos de Whatsapp