
Si por algo se ha caracterizado el mercado de trabajo español en los últimos años es por el envejecimiento de su fuerza laboral, un problema piramidal que, más allá de los problemas sociales que conlleva, también compromete la estabilidad futura del sistema de pensiones. Incorporarse al mercado laboral, mantenerse en el puesto y jubilarse cuanto antes es lo que persiguen cientos de trabajadores, aunque algunos hayan contribuido más que otros, bien por una entrada tardía o por largos periodos de inactividad.
Esta y otras variables pueden acabar perjudicándonos a la hora de cobrar la pensión de jubilación, sobre todo si somos autónomos, cuya edad de acceso depende de cuántos años tenga el interesado, de las cotizaciones acumuladas a lo largo de su vida laboral y de la base media de cotización de los últimos 25 años.
De hecho, para que un trabajador por cuenta propia pueda cobrar la prestación por jubilación debe haber cotizado un mínimo de 15 años a la Seguridad Social, dos de los cuáles deben estar obligatoriamente dentro del periodo de los 15 años anteriores a la jubilación.
La base reguladora es clave
Todo depende de la base de cotización y del conjunto de años cotizados, que ya hemos mencionado deben ser 15 como mínimo. Aquí, cuanto más cuantiosa sea la base de cotización -es decir, cuanto más cara sea la cuota mensual-, más lo será la base reguladora, baremo que se calcula dividiendo entre 350 la suma de tus bases bases de cotización de los últimos 25 años.
Tras ello, determinaremos a qué porcentaje de base reguladora tenemos derecho, cómputo que esta vez depende de los años trabajados. Así, en caso de haber cotizado el mínimo de 50 años, solo tendríamos derecho al 50% de nuestra base reguladora. Por ejemplo, si un autónomo ha cotizado durante 15 años con una base de 1.000 euros mensuales constantes (algo improbable, es solo para entender este supuesto) tendría derecho a una pensión de 500 euros, el 50% de su base reguladora de 1.000 euros, a grandes rasgos y muy simplificado.
Quiero mejorar mi pensión de jubilación
La gran mayoría de autónomos han cotizado muchos años por la base mínima para que la cuota mensual por estar inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) les saliera más rentable, aumentándola a medida que se acercaban a la edad de jubilación para conseguir una mejor pensión. Sin embargo, hacerlo significa que la cuantía de su jubilación puede acabar siendo significativamente más baja, al menos más que la de un trabajador por cuenta ajena.
Además, desde la llegada del nuevo sistema de cotización de autónomos en 2023 esta opción ya no es posible, ya que ahora se cotiza en función de los rendimientos netos, o lo que es lo mismo, de lo que ganamos, por lo que no podemos elegir la base mínima de cotización. Ahora lo más aconsejable es contratar un plan de pensiones para mejorar nuestra prestación pública.
Según las tablas de la Seguridad Social, un autónomo puede jubilarse a los 65 años si ha cotizado 38 años y 3 meses o más y a los 66 años y 8 meses si ha cotizado menos de 38 años y 3 años. La edad de jubilación irá aumentando progresivamente cada año hasta llegar a los 67 en 2027.
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