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El contrato de arras se puede anular si el vendedor oculta información del inmueble al comprador

  • El dueño de la vivienda debe actuar de buena fe y con honradez
Vivienda en venta. | Alamy
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El comprador de un inmueble puede pedir la resolución del contrato de arras y la devolución del dinero entregado si la parte vendedora ha ocultado información relevante sobre las características del bien.

La Audiencia Provincial de Barcelona, en una sentencia del 16 de diciembre, da la razón al comprador de un inmueble que pedía la devolución de los 33.500 euros que entregó al firmar el contrato de arras.

El comprador tenía interés por comprar una vivienda y firmó las arras. Sin embargo, antes de que finalizara la fecha para comprar el inmueble, contrató a una arquitecta para que valorara la vivienda ya que quería hacer obras en ella. La arquitecta encontró un pozo no legalizado en el inmueble. Tras esto, el comprador pidió resolver el contrato. La vendedora rechazó devolver la señal dada al considerar que fue el comprador quien incumplió el contrato de arras por no comprar el inmueble en la fecha estipulada.

La Audiencia Provincial de Barcelona recuerda, de un lado, que el Código Civil de Cataluña, en materia de contratos para la compra de inmuebles, indica que el vendedor debe garantizar que el bien es conforme a lo reseñado en el contrato.

Además, indica que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña del 18 de julio de 2023 ya concluyó que el vendedor tiene el deber de suministrar información precontractual sobre las características del bien como principio de buena fe y honradez y debe responder por los defectos sobre los que no se informó al comprador, los conociese o no. De lo contrario, el comprador podrá exigir la subsanación de los defectos, suspender el pago, reducir el precio, una indemnización o resolver el contrato.

El fallo asevera que es amplia la jurisprudencia del Tribunal Supremo (por ejemplo, en la sentencia del 16 de septiembre de 2024) que apunta que la resolución del contrato puede darse cuando hay un incumplimiento grave de la obligación esencial que frustra la finalidad perseguida con el propio contrato.

Demostrado que ni el vendedor ni la agencia inmobiliaria informaron en ningún momento de la existencia de un pozo no legalizado, la Audiencia Provincial concluye que este motivo es suficiente para rescindir el contrato.

"Se concluye que concurre un incumplimiento relevante, grave y esencial ante la defectuosa información facilitada por el vendedor al comprador antes de contratar, que frustra las expectativas generadas al comprador", señala la sentencia, que obliga a la parte vendedora a devolverle al comprador los 33.500 euros del contrato de arras más los intereses de demora.

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