Legal

La justicia europea obliga a que las frutas procedentes de Sáhara Occidental lo indiquen en su etiqueta

  • En la mayoría de los casos, se informa de que se producen en Marruecos
Un camión cargado de melones. | EE
Madridicon-related

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) obliga a que, en las etiquetas de las frutas y verduras procedentes del Sáhara Occidental, como los tomates, melones, sandías, etc., se indique que proceden de este territorio.

"Como productos importados en la Unión Europea, los melones y los tomates recolectados en el Sáhara Occidental deben indicar su país de origen en virtud de la normativa de la Unión. Esta mención necesariamente debe figurar en los productos y no ha de ser engañosa, razón por la cual su etiquetado debe indicar el Sáhara Occidental como su país de origen", señala el tribunal en una sentencia de este viernes.

La fallo explica que, en muchas ocasiones, se indica que la procedencia de estos productos es de Marruecos, cuando realmente proceden del Sáhara, lo que puede llevar a error al consumidor sobre la procedencia de los productos.

En la actualidad, la mayor parte del territorio de Sáhara Occidental está controlado por Marruecos, mientras que el Frente Polisario, movimiento que defiende su independencia, controla una parte de menor tamaño. El TJUE señala que aunque las infraestructuras de producción en invernaderos están financiadas por Marruecos, Sáhara tiene un estatuto propio y distinto. Por tanto, los productos que se cultivan allí deben indicar de qué territorio son.

Rechazo a dejar de importarlos

Por otro lado, los sindicatos de agricultores franceses pidieron al Estado francés que se dejara de importar productos de Sáhara Occidental, etiquetados como si fueran de Marruecos.

El tribunal europeo rechaza esta cuestión ya que dice que ningún país de la UE puede adoptar de forma unilateral medidas que prohíban la importación de determinados productos agrícolas. "Solo la Unión puede legislar y adoptar actos vinculantes en el ámbito de la política comercial común. En su caso, correspondería, por tanto, a la Comisión intervenir en el marco establecido por los mecanismos de cooperación previstos en el Acuerdo de Asociación UE-Marruecos", señala la sentencia.

WhatsAppFacebookFacebookTwitterTwitterLinkedinLinkedinBeloudBeloudBluesky