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La justicia gallega frena la construcción de otros seis parques eólicos: ya ha parado 40 proyectos

Un parque eólico. | Alamy
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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha acordado la suspensión cautelar de seis parques eólicos autorizados por la Xunta al entender acreditada la existencia del periculum in mora (riesgo que se tiene si no toma la decisión cautelar). En concreto, ha decretado la paralización cautelar de los parques Monte do Cordal, Dos Cotos, Treboada, Mesada, Legre y Xeada. Con estos, ya son 40 los parques eólicos paralizados.

El auto del pasado 25 de abril señala que la declaración de impacto ambiental (DIA) formulada por la Xunta "no demuestra que haya desaparecido cualquier riesgo de daños irreversibles al medio ambiente y a los valores a proteger". Además, subrayan, tanto en este auto como en otras resoluciones, que "difícilmente se va a poder proteger ex post a especies de flora o fauna que a causa de la ejecución de las obras puedan verse definitivamente extinguidas o amenazadas".

El TSXG advierte en los autos que ya se ha pronunciado sobre la aplicación de los principios de cautela, prevención y precaución propios de la normativa europea en materia de protección medioambiental, los cuales sintetiza en que es "la simple posibilidad de que tenga lugar ese daño irreparable o de muy difícil reparación" lo que hace aconsejable "la adopción de la medida cautelar de suspensión de la ejecución de la actividad que puede producir ese riesgo", incluso habiéndose adoptado medidas correctoras sobre las zonas protegidas (como una DIA).

En el caso del parque eólico de Treboada, la Sala entiende que es posible "hablar de ese riesgo concreto, singularizado y suficientemente acreditado (en forma indiciaria, que es la que cabe exigir de la tramitación de un incidente cautelar)" si se atiene no solo a los informes incorporados por la asociación ecologista recurrente, sino a la información "concreta, objetiva e imparcial" facilitada por el Geoportal del Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico como Banco de Datos de la Naturaleza, en su Área y Ecosistemas y en el Inventario Español de Hábitats Terrestres.

De esa información objetiva, según el auto, se deduce que el parque "se ubicará en zona de máxima sensibilidad ambiental, en la que no resulta recomendable la instalación de infraestructuras eólicas, por afectar a especies que están catalogadas como vulnerables o en peligro de extinción".

Ya ha parado 40 parques

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha notificado hasta hoy 74 autos en los que decide sobre las solicitudes de suspensiones cautelares de 43 parques eólicos, de los cuales 40 han sido estimatorios -Ventumelo, Porto Vidros, Banzas, Monte Neme, Zamorra, Touriñán II, Felga, Rodeira, O Cerqueiral, Chao do Marco, Monte Peón, As Encrobas, Pico Seco, Serra do Faro Ampliación II, As Penizas, Figueiras, Reboiro, Alto da Telleira, Troitomil, Outeiro Grande, Rodicio II, Alto de Montouto, Meirama, Monte da Croa, Gato, Cunca, Serra do Farelo, Maxal, Serra do Colmo, Uxo, Castro Valente, Marcofan, Serra do Punago, Acibal, Monte do Cordal, Dos Cotos, Treboada, Mesada, Legre y Xeada; y, el resto (3), desestimatorios -Vilartoxo, Neboada y Seselle-.

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