
La Comisión Europea trabaja en una reforma de la Ley de Servicios Digitales (reglamento 2022/2065) para reforzar sus competencias inspectoras sobre las grandes plataformas digitales y los motores de búsqueda como Google. La Ley de Servicios Digitales se articuló para hacer frente a los contenidos ilícitos de estas plataformas, la desinformación y otros riesgos para la sociedad y dentro de su contenido se dio autoridad a la Comisión para realizar inspecciones in situ a estas compañías si Bruselas detectaban que pudieran estar incurriendo en infracciones. Sin embargo, ahora la UE refuerza sus competencias en materia inspectora para obligar a estas empresas el acceso completo a sus bases de datos y algoritmos.
Inicialmente, la norma decía que "la Comisión podrá ordenarles (a grandes plataformas y motores de búsqueda) que proporcionen acceso a sus bases de datos y algoritmos, y explicaciones al respecto". La reforma del Reglamento propone que "cuando la Comisión lo ordene" deberán conceder el acceso a sus bases de datos o a los sistemas algorítmicos y Bruselas podrá especificar los medios técnicos o interfaces a través de los que se proporcionará dicho acceso.
Asimismo, el nuevo texto (que está en audiencia pública hasta el 24 de enero con la previsión de que entre en vigor en el primer trimestre) añade que las compañías deberán permitir a la Comisión "acceder a toda la información de las bases de datos de que se trate y a toda la información relacionada con el algoritmo de que se trate" para evaluar que la compañía aplica el Reglamento. La Comisión también podrá obligar a estas grandes tecnológicas a conservar los documentos que considere necesarios para evaluar que se cumple el Reglamento y las condiciones de conservación y periodo.
La norma también regula el derecho a ser oído de estas grandes plataformas digitales y, por tanto, a realizar observaciones a las conclusiones que determine la Comisión antes de adoptar una decisión al respecto. Sin embargo, la reforma del reglamento también añade matices que endurece el poder de Bruselas al respecto. Así, el nuevo texto indica que aunque los destinatarios de las conclusiones podrán establecer sus puntos de vista sobre las conclusión de la UE y aportar pruebas en 14 días, "la Comisión no estará obligada a tener en cuenta las observaciones presentadas por escrito recibidas después de la expiración de dicho plazo".
Por otro lado, estas grandes plataformas y motores de búsqueda, junto a los prestadores de servicios de alojamiento de datos o de servicios intermediarios tendrán que comunicar a la UE a partir del próximo mes de febrero información sobre quejas de contenido ilícito, reclamaciones recibidas, medidas adoptadas frente a ellas, litigios resueltos y promedio mensual de usuarios en cada país de la UE.