
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) establece que los pacientes tienen derecho a recibir una copia de sus datos clínicos de forma gratuita. En una sentencia del 26 de octubre, el tribunal recuerda que el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) consagra este derecho para el paciente. "El responsable del tratamiento solo podrá exigir un pago cuando el paciente ya haya obtenido gratuitamente una primera copia de sus datos y solicite otra copia", dice el TJUE.
La Justicia europea resuelve el litigio de un usuario, en este caso residente en Alemania, que solicitó a su dentista una copia de su historia clínica para establecer la responsabilidad de esta por los errores supuestamente cometidos durante un tratamiento dental. Sin embargo, la dentista exigió que el paciente corriera con los gastos derivados de la entrega de la copia de la historia clínica, como prevé el Derecho alemán.
La sentencia indica que el dentista debe ser considerado el responsable del tratamiento de los datos personales de su paciente y, como tal, está obligado a facilitarle gratuitamente una primera copia de sus datos, sin que el paciente esté obligado a justificar su solicitud.
Añade el fallo que, aun cuando el objetivo de las normas nacionales sea proteger los intereses económicos de los facultativos, no puede exigirse al paciente correr con los gastos de una primera copia de su historia clínica. Por otra parte, el paciente tiene derecho a obtener una copia íntegra de los documentos que figuran en su historia clínica, cuando sea necesario para la comprensión de los datos personales contenidos en dichos documentos.
Este derecho incluye los datos de la historia clínica que contienen información como diagnósticos, resultados de exámenes, evaluaciones de facultativos y cualesquiera tratamientos o intervenciones practicadas.
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