
Endesa pierde en Europa su batalla contra el impuesto al carbón para producir electricidad. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) avala el impuesto español al carbón al responder a motivos medioambientales. La sentencia, fechada a 22 de junio y de la que ha sido ponente el magistrado Z. Csehi, señala que una normativa nacional que establece la imposición sobre el carbón destinado a producir electricidad cumple el requisito de la Directiva europea por la que se reestructura el régimen comunitario de imposición de los productos energéticos y de la electricidad. La norma europea establece la imposición de tributos por motivos de política medioambiental, de tal modo que influya en el contribuyente para adoptar una mayor protección del medio ambiente.
El TJUE responde así a la cuestión prejudicial de la Audiencia Nacional, en el marco del recurso interpuesto por Endesa contra la resolución del Tribunal Administrativo Económico Central (TEAC) que consideró que la compañía tenía que tributar por el uso del carbón. Concretamente, Endesa Generación genera energía eléctrica a partir del consumo de carbón. Producto que, en el caso, compra a una empresavinculada que declara que los lotes de carbón destinados a la reventa están exentos del impuesto sobre el carbón, ya que el hecho imponible del impuesto es el consumo y no la reventa.
No obstante, una inspección tributaria determinó que el carbón debía ser gravado puesto que estaba destinado a su consumo para la generación de electricidad. El TEAC confirmó que procedía tomar en consideración el poder calorífico superior del carbón para determinar la base imponible del impuesto.
La Audiencia Nacional remitió el caso al TJUE al albergar dudas sobre la conformidad de la imposición sobre el consumo de carbón destinado a la generación eléctrica establecida en el Derecho español con la Directiva, que contempla la exención del gravamen para los productos energéticos y la electricidad utilizados para producir electricidad. Como excepción, los Estados miembros pueden gravar esos productos por motivos relacionados con la protección del medio ambiente, sin tener que respetar los niveles mínimos de gravamen establecidos en la Directiva.
La Audiencia preguntó en qué condiciones puede considerarse que el gravamen sobre el carbón responde a motivos de protección del medio ambiente. Ahora, Europa avala este gravamen que persigue la armonización del sistema fiscal español con un uso de la energía más eficiente y respetuosa con el medioambiente y la sostenibilidad.
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