El Ministerio de Hacienda y Función Pública ha sacado hoy a audiencia pública el proyecto de Orden Ministerial para aprobar el modelo 379 para que las plataformas de pago declaren los pagos que los consumidores hacen por vía online a comercios situados fuera de España con el objetivo de prevenir que estos vendedores eludan los pagos del IVA. Una ley aprobada el pasado 8 de mayo obliga a estas entidades de pago a comunicar al fisco las compras que se hacen desde España a compañías de otros países de la UE o de fuera de la UE para prevenir el fraude fiscal. El proyecto de Orden Ministerial busca aprobar el modelo 379 para determinar la forma y el procedimiento para presentar esta información y así poder hacer efectiva la ley.
Según el texto sometido a audiencia pública, las plataformas de pago deberán remitir la información de los vendedores a Hacienda de manera trimestral a partir del 1 de enero de 2024. La presentación será por vía telemática.
Los datos que las entidades de pago deben aportar de los vendedores beneficiarios serán el nombre del vendedor o la compañía, su dirección física, el país donde se ubica, su correo electrónico, la página web desde la que comercializan sus productos, el número de identificación fiscal, la cuenta corriente y los detalles de los pagos que recibe o las devoluciones que hace. Asimismo, también se añadirá el importe del pago, la fecha y hora en el que se ha hecho y el método de pago que se ha utilizado. Las entidades solo tendrán que comunicar la información de los beneficiarios de los pagos si reciben más de 25 pagos transfronterizos en un trimestre natural. Si el volumen de transferencias es inferior, no será necesario.
Respecto al comprador, la ley no obliga a identificarlo. Las entidades de pago solo tendrán que dar la ubicación del consumidor, un dato que podrán extraer de su cuenta corriente, dirección o número de tarjeta. No obstante, solo se comunicará de dónde se ha extraído la información para identificar su origen sin que se trasladen estos datos a Hacienda.
Así, las entidades de pago tendrán que utilizar el modelo 379 para la primera declaración sobre los vendedores que se hará a cierre del primer trimestre de 2024. Hacienda justifica la aprobación de la Ley 11/2023, de 8 de mayo, que obliga a las entidades de pago a identificar a los vendedores porque con el crecimiento del comercio electrónico en los últimos años "se ha detectado la aparición de empresas fraudulentas que aprovechan las oportunidades que brinda el comercio electrónico a fin de obtener ventajas comerciales desleales eludiendo sus obligaciones en el IVA". "Los Estados miembro de consumo necesitan disponer de instrumentos adecuados para poder detectar estos pagos, ya que los mismos pueden ser un indicio de que el beneficiario está realizando una actividad económica no declarada", añade la Administración al respecto.
El Ministerio de Hacienda y Función Pública, encabezado por María Jesús Montero, ha acelerado desde este lunes, cuando se convocaron elecciones anticipadas, el desarrollo de normas que complementan distintas leyes aprobadas en los últimos meses, con el objetivo de dejar todos los cabos atados para que se puedan aplicar.
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