
El Ministerio de Justicia ha habilitado un formulario, en el marco de la reforma de la Ley Concursal para presentar el plan de reestructuración del artículo 684 para las pymes.
El modelo de formulario se aplicará a las personas físicas o jurídicas que realicen actividad empresarial o profesional, que hayan tenido un número medio de empleados durante el ejercicio anterior no superior a 49, y cuyo volumen de negocio anual o balance general anual no supere los 10 millones de euros y no entren dentro del concepto de micropyme, caso en que queda sujeto al procedimiento especial para microempresas desde el próximo día 1 de enero de 2023.
Con este objetivo, se ha puesto a disposición un formulario normalizado que se ha habilitado través de la Sede Judicial Electrónica del Ministerio de Justicia tanto en castellano como en las lenguas cooficiales e inglés, junto con las directrices prácticas para cumplimentarlo, tal como establece la ley y de acuerdo con la finalidad de permitir a las empresas su potencial recuperación. Estará disponible por medios electrónicos también en las notarías y oficinas del Registro Mercantil.
Los planes de reestructuración sometidos a este título contendrán, como mínimo: la identidad del deudor y la del experto encargado de la reestructuración, si hubiera sido nombrado; una descripción de la situación económica del deudor y de la situación de los trabajadores, y una descripción de las causas y del alcance de las dificultades del deudor.
También, se deberá incluir el activo y el pasivo del deudor en el momento de formalizar el plan de reestructuración; los acreedores cuyos créditos van a quedar afectados por el plan, identificados individualmente o descritos por clases, con expresión del importe de su crédito que vaya a quedar afectado e intereses y la clase a la que pertenezcan; los contratos con obligaciones recíprocas pendientes de cumplimiento que queden resueltos y si el plan afectase a los derechos de los socios, el valor nominal de sus acciones o participaciones sociales. Y en la misma línea: los acreedores o socios que no quedan afectados por el plan.
Se explicarán las medidas de reestructuración operativa propuestas, la duración de esas medidas y los flujos de caja estimados, así como las medidas de reestructuración financiera de la deuda, incorporando la financiación interina y la nueva financiación prevista en el plan de reestructuración, con justificación de su necesidad y, en su caso, las consecuencias globales para el empleo, como despidos, acuerdos sobre reducción de jornada o medidas similares.
La exposición de las condiciones necesarias para el éxito del plan; las medidas de información y consulta con los trabajadores; y si afecta al crédito público, la acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
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