
Los tribunales de Catar han dictado sentencia por la que anulan todos los procedimientos judiciales entre OHLA y sus subcontratistas por la ejecución de avales del proyecto del hospital de Sidra, en Catar. La constructora española y su socio en la obra, el grupo egipcio Contrack Cyprus, demandaban alrededor de 842 millones de euros a Voltas y Kentz. Estos, por su parte, exigían al consorcio hispano-egipcio aproximadamente 576 millones de euros.
OHLA y Cyprus, aplicando las cláusulas 'back to back' con determinados contratistas, presentó el 10 de agosto de 2023 demanda judicial ante los tribunales cataríes contra Doha Bank, reclamando 41,4 millones de euros en concepto de principal y 3,7 millones de euros por daños y perjuicios, por el impago de la entidad financiera ante la ejecución de avales a primer requerimiento realizada por las empresas. Estos avales fueron emitidos por dicho banco garantizando obligaciones de Voltas, un subcontratista del consorcio en la ejecución de las obras del Hospital de Sidra.
Voltas, por su parte, presentó el 17 de agosto de 2023 demanda judicial ante los tribunales cataríes contra la 'joint venture' hispano-egipcia reclamando la paralización de la ejecución de avales iniciada y cerca de 200 millones de euros como pretendido derecho de crédito derivado del contrato suscrito con el consorcio Kentz-Voltas, que actuó como subcontratista en la obra del hospital, más 74,5 millones de euros por daños y perjuicios. De igual modo, Kentz presentó una demanda en la que reclamó, en total, 301,6 millones. Los subcontratistas exigían a OHLA y Cyprus un total de 576,2 millones de euros.
Tras aquellas demandas, OHLA y Cyprus formularon reconvención reclamando a Kentz y Voltas los 842 millones de referidos, incluyendo 74,5 millones por daños y perjuicios. Los tribunales cataríes acumularon todos los procedimientos y el pasado 29 de septiembre los anularon. OHLA y Cyprus han apelado la sentencia, por lo que el proceso judicial continúa, según consta en documentación oficial.
OHLA explicó en su momento que "la actividad en la obra del Hospital de Sidra cesó absolutamente el 22 de julio de 2014, fecha en la que Qatar Foundation resolvió el contrato y expulsó del lugar de los trabajos a la 'joint venture' y a todos sus subcontratistas, incluido el Consorcio Kentz-Voltas". "Desde julio de 2013 a agosto de 2023 -añadía la empresa española-, el Consorcio Kentz-Voltas no ha manifestado la existencia de crédito alguno frente a la 'joint venture', limitándose a la prórroga anual de los avales entregados a la 'joint venture' en garantía del cumplimiento de las obligaciones del Consorcio Kentz -Voltas".
Esta disputa es adicional a la que OHLA y su socio enfrentan por las obras del Hospital de Sidra con Qatar Foundation, promotor del centro hospitalario. En este arbitraje, iniciado en julio de 2014 en la Cámara de Comercio Internacional, las constructoras solicitan al promotor centro hospitalario 337 millones de euros en distintos conceptos. Por el contrario, Qatar Foundation reclama a las constructoras 989 millones.
En concreto, la constructora que preside Luis Amodio. OHLA y Cyprus solicitan a Qatar Foundation la devolución de avales ejecutados por 225,5 millones, la liquidación de las variaciones de obra ejecutadas e impagadas ya reconocidas en laudo parcial (46,6 millones de euros) y el importe de la reparación de defectos valorados por el tribunal arbitral de manera provisional(34,9 millones), así como otros conceptos. En total, por tanto, el consorcio aspira a más de 337 millones.
Por el contrario, Qatar Foundation reclama a OHLA y Cyprus el reconocimiento de costes de terminación superiores al precio pendiente de aplicar del contrato (más de 660 millones de euros), de importes por reparación de defectos (cerca de 35 millones de euros), de la reparación de defectos pendiente de determinar la cantidad (alrededor de 30 millones de euros), de costes asociados a la reparación de defectos (más de 60 millones de euros) y de penalidades contractuales por demora de la contratista (más de 200 millones de euros).
EY, auditor de OHLA, incluyó un párrafo de énfasis al respecto del presente arbitraje en las cuentas anuales consolidadas del grupo de 2023, indicando que se han dictado determinados laudos parciales, estando pendiente de resolución el arbitraje considerado en su conjunto, y expresando que "existen incertidumbres" sobre la resolución final del presente arbitraje, por lo que la estimación realizada por los administradores "podría verse significativamente modificada en el futuro".
Tanto la procedencia de los conceptos que forman parte de cada reclamación, como las propias cantidades, están sujetas a su determinación por el tribunal arbitral. Hasta el momento se han cuantificado: el importe del aval ejecutado al consorcio (218,5 millones de euros), cuya cifra es fija y que en todo caso opera como un crédito a favor de la 'joint venture'; el importe de las variaciones ejecutadas e impagadas sobre las que existe pronunciamiento arbitral (45,2 millones de euros), cuya cifra también es fija y opera como un crédito a favor de la OHLA y su socio; y el importe de la reparación de defectos (30,8 millones de euros ), cuya cifra igualmente es fija y opera como un crédito a favor de Qatar Foundation. No obstante, no existe orden de pago que, en su caso, se emitirá cuando todas las reclamaciones recíprocas hayan sido determinadas.
Por otro lado, en el marco de la disputa por entre OHLA y Rizzani frente a Kuwait por las obras de la carretera Jamal Abdul Nasser, el Estado kuwaití ejecutó en verano avales de los que la constructora española responde en 39,8 millones. Atañe, en concreto, al aval de performance, emitido por BNP y del que OHLA responde del 50% (35,9 millones de euros), contragarantizados por Banco Santander, y a los avales de anticipo, emitidos por BNP y del que la Sociedad responde del 50% (3,9 millones de euros), contragarantizados por Banco Santander.
OHLA y Rizzani han obtenido medidas cautelares de un tribunal francés que impide el pago de BNP a Kuwait y la solicitud de pago de BNP a Banco Santander hasta el 20 de diciembre de 2024 en relación con dichos avales y los avales de retención que no han sido ejecutados hasta el momento, en cuanto a la parte emitida por BNP y del que la Sociedad responde del 50% (29,3 millones de euros), contragarantizados por Banco Santander. En cuanto a la parte de aval de retención emitida por Mashreq (6,5 millones de euros), no consta ejecución. Está previsto que el 20 de diciembre de 2024 el tribunal francés emitirá decisión manteniendo o levantando dichas medidas cautelares.
Por último, OHLA tiene recurrida una sentencia de marzo pasado de la Corte Suprema de Nueva York que condena a su filial Judlau a pagar 43,9 millones de dólares a antiguos trabajadores. El conflicto se remonta a mayo de 2021, cuando la justicia neoyorquina declaró a Judlau responsable ante una clase de antiguos trabajadores de no haber recibido el pago de salarios y beneficios que deberían haber percibido en su posición laboral como señalizadores y remitió el caso a un 'special referee'.
En abril de 2022, un tribunal de apelación confirmó la decisión. En marzo de 2024, el juez emitió una sentencia afirmando la decisión del 'special referee' en la que declaraba a Judlau responsable de 27 millones de dólares más intereses de demora, lo que ascendía a 43.924.202,36 dólares a la fecha de la sentencia, y que seguirán devengándose al 9% anual.
Judlau presentó una notificación de apelación contra la sentencia de marzo de 2024 y presentó una moción para reconsiderar las decisiones judiciales anteriores. Se espera que ambos recursos se resuelvan en el cuarto trimestre de 2025. En el caso de que Judlau no tenga éxito en ninguno de los dos recursos, la compañía solicitará autorización para recurrir todas las acciones del caso hasta la fecha ante el tribunal de mayor rango del Estado, el Tribunal de Apelaciones.