Industria

Unos 60 buques de la flota gallega de Gran Sol se benefiarán del acuerdo con Reino Unido

  • En total 23 son del Puerto de Celeiro , 18 de la OPP Burela, 18 de la viguesa OPPF4 , y otro de Opromar de Marín
  • La flota española de Gran Sol capturó en 2024 unas 31.338 toneladas de pescado por un valor de 151 millones
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El censo de la flota de Gran Sol con base en puertos gallegos es de unos 60 buques que pueden beneficiarse del acuerdo de la UE con Reino Unido que abre sus aguas a pesqueros comunitarios hasta 2038. El acuerdo alcanzado en la cumbre celebrada en Londres, donde se trataron otros temas como los estándares de seguridad alimentaria, extiende durante doce años -desde el 1 de julio de 2026 hasta el 30 de junio de 2038- el trato en vigor que permite a los barcos europeos faenar en aguas británicas y viceversa.

Según la resolución publicada por el Ministerio de Pesca a finales de marzo en el Boletín Oficial del Estado (BOE), las posibilidades de pesca en Gran Sol se distribuyen en España entre 87 buques para 2025 -si bien cerca de una decena han sido dados de baja-, principalmente en Galicia y País Vasco, que capturan principalmente merluza, rape y gallo.

En el caso gallego, figuran unas 60 embarcaciones en este censo unificado de las flotas de altura, gran altura y buques palangreros mayores y menores de 100 toneladas de registro bruto, que operan dentro de los límites geográficos regulados por la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste (Neafc).

Por entidad a la que pertenecen, 23 son del Puerto de Celeiro (más uno de baja), 18 de la OPP Burela, 18 de la viguesa OPPF4 (más uno de baja) y otro de Opromar de Marín. El global de la flota española de Gran Sol capturó el pasado año un total de 31.338 toneladas de pescado por un valor de 151 millones de euros.

Las asignaciones de cuota inicial para este año son de un total de 15.789 toneladas de merluza norte, 3.817 de rape, 6.046 de gallo, 1.070 de cigala y 163 de abadejo. Para la especie del merlán se mantienen las 469 toneladas de la campaña anterior al ser una cuota plurianual.

Acuerdo

A efectos prácticos no se ve modificada la actividad realizada por la flota española y comunitaria en las aguas compartidas con Reino Unido, ya que se mantiene el porcentaje de reparto de cuotas establecido en los anexos 35 y 36 de Acuerdo de Comercio y Cooperación UE-RU.

La negociación de los Totales Admisibles de Capturas (TAC) de las poblaciones pesqueras compartidas continuará de forma anual como hasta ahora, en función de las recomendaciones científicas, al igual que para el resto de poblaciones sujetas a TAC.

Sin embargo, el Ministerio de Pesca valora el hecho de que se garantice el acceso a las aguas británicas en los próximos 12 años a la flota comunitaria, ya que da "certidumbre y seguridad jurídica" a los pescadores.

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