
Conocerán por este diario la polémica levantada sobre la tributación de los ETFs o fondos cotizados. La cuestión: dilucidar si los fondos cotizados estarán exentos de tributación por traspaso entre personas físicas o no, como ahora. Como saben, parece que ha habido presiones de la AEB para no equiparar la tributación de esta tipología de fondos, a la del resto. Detrás de todo ello surgen varias preguntas.
Primera: ¿qué hace la AEB reuniéndose con el Ministerio de Hacienda para torpedear la equiparación? Importante: AEB es la Asociación Española de Banca, no Inverco, la patronal del sector de instituciones de inversión colectiva. Segunda: ¿qué lleva a BME a interesarse tanto por esta reforma y equiparar ETFs extranjeros y nacionales? Tercera: ¿tiene algo que ver la inminente transposición de la Mifid II? Sí, esa directriz que transformará el mercado del asesoramiento financiero en aras de una mayor transparencia. Cuarta: ¿pueden las fintech, empresas alternativas financieras basada en tecnología y ahorro de costes, morder a la banca tradicional a través de los ETFs?
Vayamos por partes. Los ETFs son instituciones de inversión colectiva, simplificando, fondos de inversión. La característica es que su gestión es pasiva, replican fehacientemente un índice, igual que los fondos índices. La diferencia entre ambos es que los ETFs cotizan, es decir, el inversor puede suscribir o reembolsar a lo largo de la jornada, entrando y saliendo varias veces. En los fondos índices deben dar una orden de suscripción o reembolso única.
Siendo un fondo de inversión, en España, no tienen gran desarrollo. No existen comercializadores o distribuidores que hablen de ellos a los inversores. Se aduce que el problema está en la tributación, al no estar exenta la reinversión. Cargan con un estigma la tributación y, si tienen plusvalía, las minusvalías son compensables.
Sin embargo, quizá aquí esté el meollo de las presiones sobre el Ministerio de Hacienda: sus comisiones son muy bajas. En un fondo en acciones (la mayoría de las referenciados o cuasi-índices pues la gestión es muy baja), las comisiones están alrededor del 2%, llevándose el distribuidor un 60-70% de la misma. En los fondos índices, no ETFs, su comisión baja al 1,25-1,5%, recibiendo los comercializados un retroceso del mismo porcentaje. Sin embargo, un ETF tiene unas comisiones inferiores al 0,5%.
De estos datos, algo claro: si los ETFs se imponen, las comisiones pagadas serían muy bajas. Revisen los datos que se acaban de exponer, vean lo que reciben por comercialización los bancos y creo que tienen la respuesta a la primera pregunta. Créanme, un porcentaje muy alto de los fondos comercializados aquí son fondos de inversión cuasi-índices o de pura gestión pasiva. Apliquen tracking-error, una ratio para determinar el tipo de gestión y hablamos.
Vamos con la tercera pregunta, la de Mifid II. En breve tiempo, los distribuidores de fondos le tendrán que decir a cada inversor lo que el distribuidor gana por venderle ese producto (dependientes), o bien renunciar al retroceso de comisiones y cobrarle directamente por el asesoramiento realizado (independientes).
BME, la Bolsa, tiene preparada una plataforma para comercializar fondos. En esta plataforma las gestoras listaran sus productos. Entenderemos la segunda pregunta: BME, en la plataforma, no obtendría retrocesión alguna, tan solo la comisión por operación. Suponemos que cualquier inversor particular podría suscribir los ETFs. A través de esta plataforma un pequeño inversor podría tener unas comisiones reducidísimas. La equiparación de ETFs nacionales y extranjeros permitiría la popularización, la facilidad de inversión y la economía de costes, amén de sencillez.
Queda la última, la de las fintech. Algunas de estas empresas, disruptivas, han establecido su modelo de negocio en el asesoramiento financiero, robotech o quantech. Con unos muy, muy bajos costes, estas empresas pueden recomendarles, seguir y asesorarle sobre su patrimonio y sus inversiones. Puede parecer una coincidencia, pero no lo es. Curiosamentes sus estudios, seguimientos y recomendaciones las realizan sobre, sí, efectivamente, ETFs, puesto que permiten la gestión o asesoramiento cuantitativo de las inversiones. Es lo que faltaba para completar las cuatro preguntas. Las fintech tienen el poder y van a conseguir simplificar y dar soluciones rápida a medida a clientes tradicionales de banca privada; por cierto a un precio mucho más barato que el actual. Además, he querido dejar una última cuestión para acabar. ¿Son interesantes los ETFs? ¿Tan buenos son?
En este sentido, les dejo una recomendación de Warren Buffet a su esposa, que le decía que, en caso de que muriera, liquidara todas las inversiones y pusiese la herencia en un ETF vinculado al Standard and Poor's. No, no lee mal, fue la recomendación de Buffet, el oráculo de Omaha, aconsejando la gestión pasiva en ETF.
La realidad es que se intenta reprimir, mediante fiscalidad, la comercialización de unos productos de amplia popularidad en otros países. Con instrumentos que rebajen fuertemente los costes para el inversor y que sean materia prima de la pujante industria fintech, encontraríamos, en breve, inversiones en fondos distribuidos por BME, porque se está intentando una enorme represión sobre los mismos.