
El pasado 29 de enero tuvo lugar el primer debate sobre el proyecto de Ley de medidas urgentes para reforzar la protección a los deudores hipotecarios. El ministro de Economía compareció frente a sus señorías para defender este proyecto cuyo objetivo es adoptar medidas de naturaleza social para "proteger a los colectivos más vulnerables de nuestra sociedad", aunque reconociendo ante el Pleno que éstos son una "clara minoría", pues en nuestro país las hipotecas se pagan.
En esta intervención el ministro anunció las líneas generales de las medidas presentadas por el Gobierno: una amalgama de modificaciones legales que, más que tener un objetivo claro de lo que se quiere reformar del mercado hipotecario, lo que pretende es acercar posturas con el resto de formaciones políticas que habían presentado sus enmiendas a la totalidad.
No puede ser reprochable que el Gobierno busque consensos entre el resto de grupos para evitar un retraso en la puesta en marcha de una ley importante. Sin embargo, de las medidas presentadas se desprende una lógica más política que económica o social. O quizás sea, como ya habíamos dicho desde algunas instituciones, que el mercado hipotecario no funciona tan mal que no necesitaba de una metamorfosis, y que para los efectos más perversos de esta crisis las medidas articuladas debían tener un claro corte social y horizonte temporal, evitando cualquier otra iniciativa de carácter estructural que pusiera en duda la solvencia y seguridad de nuestro mercado actual.
Cuatro grupos de medidas
Las medidas que se proponen pueden agruparse en cuatro grupos: las que modifican la ley hipotecaria y la de regulación del mercado hipotecario que buscan "equilibrar la posición de las partes (?)"; la modificación de algunos artículos de la Ley de Enjuiciamiento Civil; medidas de prudencia financiera, y, por último, cambios en el código de buenas prácticas que puso en marcha el Gobierno en marzo de 2012.
Aceptando que el mercado siempre es susceptible de necesitar medidas de mejora y de perfeccionamiento de algunos de sus elementos, damos la bienvenida a todas aquellas iniciativas que pretenden agilizar los procesos o impulsar otros nuevos que pueden ser beneficiosos en tiempo y coste tanto para deudores como acreedores (éste es el caso de algunas modificaciones de la LEC o el impulso al procedimiento extrajudicial).
Igualmente, siempre hemos sido partidarios de reforzar la prudencia y la información en la fase precontractual previa a la formalización de un préstamo. Cualquier recomendación que tanto entidades como notarios -en su condición de valedores de la legalidad de las cláusulas contratadas- puedan hacer sobre las implicaciones y los riesgos implícitos del préstamo suscrito siempre son bienvenidas con el fin de garantizar la mayor y mejor transparencia del mercado y la adecuada protección del cliente hipotecario.
Sin embargo, cuestión diferente son algunas de las propuestas presentadas, que, bajo el argumento de "equilibrar a las partes", creemos que intervienen en la libertad contractual del mercado (como es el caso de limitar el plazo); ponen en duda las prácticas de concesión de las entidades y los procesos de las sociedades de tasación; establecen límites o valores sin mayor justificación ni estudio de impacto (LEC, código de buenas prácticas?); sugieren la abusividad para determinados conceptos o prácticas, y, en general, pueden alterar la fortaleza demostrada por nuestro mercado en sus casi treinta años de vida.
El sector hipotecario es sensible a la realidad social que vive nuestro país, y por ello hemos colaborado activamente en la puesta en marcha de todas las medidas diseñadas por el Gobierno para paliar los efectos más duros de la crisis en los hogares hipotecados. Sin embargo, de la situación de sobrendeudamiento sobrevenido de muchas de las familias españolas no es responsable único el mercado hipotecario. Las familias sobrendeudadas lo están, en su mayor parte, por la pérdida del empleo o del negocio. Sin embargo, muchas de ellas ni siquiera tienen una hipoteca y las causas de su elevado endeudamiento proceden de la renta de alquiler, los pagos por suministros, otro tipo de créditos o deudas financieras o incluso fiscales.
Del mercado hipotecario no puede emanar la solución para los efectos más perversos de la crisis en las familias. Se necesitan medidas sociales de ayuda o protección y, en último término, un sistema legal que regule la insolvencia de todos los agentes, para que aquel colectivo con dificultades que no tenga una vivienda también pueda ser socialmente atendido.
Lorena Mullor, Gerente de la Asociación Hipotecaria Española.