Especial medio ambiente

Los impuestos medioambientales se abren paso en nuestro país

España cuenta con muy pocos tributos directamente verdes, aunque sí con algunos que contienen incentivos para proteger el medio ambiente como, por ejemplo, los del IBI (impuesto sobre bienes inmuebles), el IAE (impuesto de actividades económicas) o el im-puesto sobre los vehículos de tracción mecánica, a nivel local. Sin embargo, en los últimos años se ha intentado modificar el sistema tributario asignando un papel importante a este tipo de fiscalidad, en especial a la que grava la energía, según explica Marta Villar, catedrática de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad CEU San Pablo y directora de la 19ª edición de la Global Conference On Environmental Taxation, celebrada recientemente en Madrid. No obstante, como reconoce esta experta, aún falta mucho para "alcanzar el nivel de los países más desarrollados" o para llegar a "una situación deseable desde el punto de vista de lo que demandan las políticas medioambientales". Y es que, a pesar de la gran diversidad de impuestos estatales y autonómicos, que en nuestro país tienen la denominación de medio ambientales, la realidad es que "el número de los que pueden considerarse como tales es muy pequeño", asegura Pablo Renieblas, director del área de Aduanas, Impuestos Especiales y Medio Ambientales de Deloitte Legal.

Entre ellos, cita el Impuesto sobre Gases Fluorados o el de determinados medios de transporte, ambos a nivel estatal. Mientras que, en el plano autonómico, destaca los impuestos sobre gestión de residuos o los de emisiones de gases. "También podemos encontrar algunas medidas dentro del IRPF en cuanto a la determinación de la renta sujeta a tributación, derivada de la cesión del uso de vehículos a los empleados para fines particulares, cuando éstos se consideran eficientes energéticamente; y algunas comunidades han previsto deducciones en el IRPF relacionadas con la promoción de la defensa del medio ambiente o la eficiencia energética".

Para Belén García Carretero, profesora titular de Derecho Financiero y Tributario de la Complutense de Madrid, en el ámbito estatal "los únicos elementos de carácter ambiental están en el Impuesto sobre Matriculación (se fomenta la compra de vehículos con menores emisiones) y en el de Gases Fluorados". Además, "existen numerosos impuestos sobre la energía, pero su finalidad y su estructura no responden a la protección del medioambiente, sino a finalidades recaudatorias". A su juicio, el Ministerio de Transición Ecológica "parece tener la voluntad de introducir auténticas medidas fiscales ambientales, pero aún no existen propuestas concretas".

García Carretero opina que en el ámbito autonómico existen numerosos impuestos que se califican de ambientales. Pero advierte que "aunque algunos sí se dirigen a proteger el medio ambiente, como los de vertederos e incineración de residuos en Cataluña, otros sin embargo resultan contraproducentes, como los de aerogeneradores".

Un debate abierto

Expertos y políticos siguen manteniendo el debate sobre la naturaleza auténticamente medioambiental de algunos tributos. Lo que sí está claro para Marta Villar es que en España existe un conjunto de impuestos dirigidos a los productos energéticos y una serie de tributos específicos sobre determinadas emisiones o instalaciones contaminantes. Y un amplio grupo de tributos específicos de carácter autonómico o local "que gravan manifestaciones concretas de conductas perjudiciales para el medioambiente, como los que afectan al paisaje o al uso de determinados bienes naturales".

El problema que suscita el actual diseño de la fiscalidad medioambiental española es que no se encuentra adaptada al gravamen del daño medioambiental de forma técnicamente correlacionada con el mismo, opina Villar.

Por otra parte, esta fiscalidad está compuesta de un conjunto de tributos "que adolecen de una adecuada coordinación entre ellos y que, en muchos casos persiguen exclusivamente finalidades recaudatorias".

Para Pablo Renieblas, en España no existe una verdadera fiscalidad medioambiental. Así, "una propuesta como la mera subida de los tipos impositivos del diésel para igualar su fiscalidad al de la gasolina no debe considerarse como medioambiental, ya que no tiene en cuenta las emisiones reales de CO2 o la potencia calorífica de los productos; y tampoco establece medidas favorecedoras del uso de productos sustitutivos, como puede ser el gas auto". Otra cuestión distinta es que el encarecimiento del diésel vaya a producir un trasvase de compras de estos vehículos a los de gasolina.

En España falta que se realice un verdadero estudio sobre qué política se debe seguir, algo que sí han hecho otros países, como recuerda Renieblas. Este experto explica que algunos como los nórdicos consideran básico el establecimiento de un gran número de impuestos medioambientales, "independientemente de la capacidad recaudatoria de los mismos". Por el contrario, Alemania considera que es mucho más eficaz el establecimiento de una normativa sectorial de obligado cumplimiento, ya que "valora que la finalidad de un impuesto es recaudar y existen muy pocos impuestos medioambientales con capacidad recaudatoria y, además, los mismos tienen una gran dificultad técnica y de control para la administración".

Nuevos tributos

En lo que sí hay un consenso generalizado es en la necesidad de modificar la fiscalidad medioambiental española. Para Marta Villar, el futuro está determinado por la necesidad de alcanzar un conjunto de figuras tributarias que graven las distintas actividades, en función de la carga contaminante o el daño medioambiental cuantificable, como las emisiones de CO2, CFC, SOX, NOX, etc.

García Carretero también está convencido de que el peso de los tributos ambientales en nuestro sistema fiscal es insuficiente. Y propone que un primer paso "podría ser el impuesto sobre hidrocarburos, que debería transformarse en un impuesto sobre emisiones potenciales de dióxido de carbono, ya que constituiría el mejor instrumento fiscal para combatir el cambio climático".

Además, a su juicio, deberían reordenarse los impuestos ambientales autonómicos; y finalmente, destaca la conveniencia de "reforzar las tasas ambientales en el ámbito local y, al igual que en el ámbito autonómico, introducir también una regulación marco en la Ley de Haciendas Locales".

WhatsAppFacebookFacebookTwitterTwitterLinkedinLinkedinBeloudBeloudBluesky