
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado una decisión jurídicamente vinculante que obliga a Endesa, Iberdrola, EDP y otras empresas eléctricas y gasistas a diferenciar claramente sus filiales con actividades reguladas de sus filiales en mercados liberalizados para que no se confunda el consumidor: tendrán que cambiar la marca, de denominación social y crear o modificar sus páginas web. Sólo Naturgy y Teramelcor no tendrán que hacer nada.
El regulador ha tomado esta decisión después de observar que, en la actualidad, un mismo grupo empresarial puede comercializar el gas y la electricidad a sus clientes a través de dos empresas distintas que facturan distintos precios por la misma energía, según operen en el mercado liberalizado (en el que deciden el precio de venta) o en el mercado regulado, con tarifas establecidas por el Gobierno. En este segundo caso reciben la denominación de Comercializadora de Referencia (COR), o Comercializadora de Ultimo Recurso (CUR) en el caso del gas.
Sin embargo, el consumidor apenas puede diferenciar entre ambos tipos de compañías: la CNMC ha detectado que ocho de cada 10 hogares desconoce si recibe los suministros de acuerdo con un precio que ha pactado con la empresa o con una tarifa regulada.
En consecuencia, el regulador ha decidido, en primer lugar, obligar a las empresas a modificar la denominación social de sus filiales que operen en mercados regulados para evitar la confusión en la presentación de la marca respecto a las sociedades del mismo grupo que realicen actividades de comercialización. Considera que no es suficiente añadir los términos "distribuidor" o "comercializados de referencia" o "de último recurso".
En segundo lugar, tendrán que cambiar el logotipo de dichas filiales reguladas, de forma que su comparación gráfica, fonética o conceptual no induzca a ningún tipo de error, advirtiendo que utilizar los mismos símbolos para las distintas comercializadoras o distribuidoras podría confundir a los clientes.
En tercer lugar, se obliga a no crear confusión en la información que se remite a los consumidores por cualquier canal de comunicación con el objetivo de no identificar las filiales del grupo que realicen actividades de comercialización.
Las empresas afectadas tendrán un plazo de tres meses para aportar a la CNMC las medidas que van a realizar para que se valore si se ajustan a los cambios requeridos.
Lo hacían de "forma consciente"
Según la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), esta medida está motivada por las denuncias realizadas por la organización en 2016 ante la CNMV al observar que los grandes grupos eléctricos no diferenciaban claramente sus actividades en el mercado libre y en el regulado.
Para la OCU, se trata de una estrategia de estas compañías para confundir a los clientes con marcas similares "de forma consciente", de forma que se dificulta la entrada de nuevas y menos conocidas comercializadoras y se facilita que los clientes sean traspasados del mercado regulado al libre creyendo que se trata de la misma compañía, cuando, en realidad, se trata de una nueva, con sus propias tarifas y condiciones de contratación.
Los grupos afectados son Iberdrola, Endesa, Viesgo, EDP y CHC, que deberán modificar el nombre de sus comercializadoras reguladas y sus distribuidoras, que operan en régimen de monopolio regulado. En el caso de Naturgy, antigua Gas Natural Fenosa, ya se adelantó a esta resolución al cambiar recientemente su denominación y a diferenciar claramente sus distribuidoras y comercializadoras. Teramelcor, tampoco genera confusión.