
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) propinó ayer un severo varapalo al proyecto normativo del Ministerio de Energía para regular el cierre de centrales eléctricas: carece de cobertura legal, puesto que "innova" en vez de desarrollar la Ley del Sector Eléctrico, produce inseguridad jurídica, contraviene la futura normativa europea, es discrecional, anormal, incoherente...
Como se esperaba, el informe de la CNMC sobre el Proyecto de Real Decreto por el que se regula el procedimiento de cierre de las instalaciones de generación recoge la mayoría de los argumentos empleados por las empresas eléctricas para justificar su repulsa a una norma que les impediría clausurar sus centrales aunque arrojen pérdidas.
La principal crítica es que infringe el principio de legalidad al ampliar lo dispuesto en una norma de rango superior, la Ley 24/2013. Ésta únicamente prevé vetar el cierre de las instalaciones si hay riesgo para la seguridad de suministro, mientras que la propuesta introduce también los efectos desfavorables sobre los precios, sobre la competencia o sobre los objetivos de la Planificación.
Inseguridad jurídica
En relación a estos nuevos criterios -que al no ser desarrollados resultan discrecionales y provocan inseguridad jurídica-, la CNMC apunta que también son contrarios a la normativa europea en elaboración, que aboga por la libre entrada y salida de los agentes en la generación y el suministro de electricidad.
Adicionalmente, sobre el criterio de efectos desfavorables en los precios, el regulador indica que habría que explicar cómo evaluarlos; sobre el impacto en la competencia, considera "anormal" e "incoherente" que se justifique con la competencia el veto a la entrada y salida de los agentes; y sobre la planificación, recuerda que es indicativa y prefiere que se usen incentivos o mecanismos de capacidad para orientar a las empresas.
La propuesta también contempla la subasta de las plantas a clausurar y que se otorgue una compensación para garantizar su continuidad. La CNMC entiende que este punto debería aclararse, simplificarse y consultarse con la Comisión Europea, puesto que encaja en las prohibidas ayudas de Estado.
Finalmente, el regulador pide que el decreto no se aplique, como pretende, desde el 15 de septiembre de 2017 -para incluir dos plantas de carbón de Iberdrola- ya que sería retroactividad en grado máximo.
Energía apuntó ayer, tras conocerse el informe de la CNMC, que en un principio buscaba que la propuesta tuvieran rango de Ley, pero que para ello necesitaba el apoyo de la oposición del PSOE en el Congreso y no lo consiguió.