El pasado 6 de octubre, el Gobierno aprobó el Real Decreto que regula la aplicación del nuevo bono social de electricidad para los consumidores vulnerables con tarifa regulada (PVPC). Basada en criterios de renta, la nueva normativa aprueba descuentos en la factura de la luz de entre el 25 y el 40 por ciento -sujetos a un límite máximo de consumo de energía- durante un periodo de dos años.
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En el caso de los consumidores vulnerables severos en riesgo de exclusión social, las empresas comercializadoras y las Administraciones Públicas financiarán al 50 por ciento el importe total de la factura. La nueva normativa permite que los hogares formados por pensionistas con pensiones mínimas y las familias numerosas también puedan acceder a dichos descuentos.
Según los datos aportados a elEconomista Energía por las comercializadoras de referencia, el número de solicitudes recibidas, debidamente cumplimentadas, para acogerse al bono social desde que entrara en vigor la normativa superan, en su conjunto, las 37.000. Iberdrola, con 18.114, ha sido la que más solicitudes ha recibido, de las cuales 6.991 han llegado por correo electrónico, 10.052 se han recibido en los puntos de atención, 817 han sido por correo postal y 254 por fax. A continuación, le siguen Endesa con 15.319 solicitudes recibidas, Gas Natural Fenosa con 2.500, EDP con 1.200 y Viesgo con 499.
Esta cifra puede parecer insignificante si tenemos en cuenta que, actualmente, hay más de dos millones de clientes acogidos al anterior bono social; sin embargo, las eléctricas están convencidas de que las peticiones se dispararán en los próximos meses a tenor del elevado número de clientes que ya se han puesto en contacto con ellas para pedir información y del amplio número de formularios descargados para realizar los trámites de solicitud. Dos claros ejemplos son Endesa, con más de 100.000 contactos recibidos y más de 28.000 formularios descargados a 23 de noviembre; e Iberdrola, con 87.692 visitas en la web y peticiones de formularios y 40.416 descargas del documento en la misma fecha.
Para facilitar la labor de los consumidores, las comercializadoras han desplegado toda una campaña informativa que, "desde el primer día", ofrece información sobre el nuevo bono social a través de todos sus canales de atención al cliente. Desde el envío de emails y cartas explicativas que acompañan a la factura, a folletos en las oficinas comerciales, así como atención telefónica y presencial.
Adicionalmente, también están realizando labores informativas y de asesoramiento a responsables de consumo y de servicios sociales de organismos públicos, así como a asociaciones de consumidores y entidades sociales, aunque algunas se quejan de "la falta de definición de un mecanismo de comunicación entre los servicios sociales y las comercializadoras para la gestión de los clientes vulnerables en riesgo de exclusión".
Iberdrola, por ejemplo, remitirá la información adicional sobre el bono social a 1.240 responsables de organismos de consumo y organizaciones de consumidores, 236 miembros de servicios sociales de ayuntamientos de más de 10.000 habitantes de zonas de alto ratio para la compañía, así como a unos 56 responsables de las entidades con las que la empresa tiene suscritos convenios de vulnerabilidad. Un esfuerzo informativo, indican desde la compañía, que reforzará con visitas en persona para explicar el bono social a los responsables de servicios sociales de las comunidades autónomas y municipios de más de 100.000 habitantes de zonas donde la compañía tiene una presencia importante.
Todos los trámites, paso a paso
Las páginas webs de las compañías también están siendo claves. Además de información actualizada y de carácter general sobre el nuevo bono social, ofrecen a los consumidores la posibilidad de descargar el formulario de solicitud, conocer con detalle la documentación obligatoria que hay que aportar y dónde conseguirla, y las diferentes fórmulas de envío de las solicitudes una vez cumplimentadas.
El formulario de solicitud no entraña ninguna dificultad. Además de los datos personales y de contacto, el titular del suministro debe incluir el Código Universal de Punto de Suministro (CUP) que figura en su factura, así como el nombre, apellidos y NIF de cada uno de los miembros que forman parte de la unidad familiar.
El proceso puede llevarlo a cabo cualquier consumidor acogido a la tarifa regulada que cumpla alguno de los requisitos para acceder al bono social, así como los beneficiarios del antiguo bono social, siempre y cuando cumplan alguna de las nuevas condiciones exigidas. En este último caso, la normativa concede seis meses de plazo -hasta el 10 de abril de 2018- para solicitar la renovación; a partir de esa fecha, dejarán de beneficiarse del mismo y se les aplicará la tarifa PVPC sin descuentos.
Con esta medida, el Gobierno evita que este invierno los actuales beneficiarios queden fuera de esta ayuda y que el recibo de la luz de algunas familias españolas suponga un cierto alivio para su economía, sobre todo en los próximos meses en los que se espera un importante repunte de los precios de la electricidad y donde el gasto también aumenta por la proximidad de las fiestas navideñas.
El formulario debe ir acompañado de los documentos pertinentes que acrediten que se cumplen los requisitos que se alegan en la solicitud. Dicha documentación incluye: fotocopia del DNI del titular del punto de suministro y de todos los miembros mayores de 14 años de la unidad familiar, fotocopia del libro de familia o certificado de la hoja individual del Registro Civil de cada uno de los integrantes, certificado de empadronamiento conjunto o individual y declaración de la renta o certificado de imputaciones de todos los miembros de la familia.
El solicitante deberá añadir fotocopia del título de familia numerosa, siempre y cuando la solicitud del bono social se realice por esta causa. Los pensionistas, por su parte, deberán aportar el certificado de la seguridad social que acredite que todos los miembros de la unidad familiar con ingresos perciben la pensión mínima por jubilación o incapacidad permanente. Finalmente, si la solicitud se realiza por circunstancias especiales -discapacidad mayor o igual al 33 por ciento, víctimas de violencia de género o de terrorismo-, se deberá aportar el certificado de los servicios sociales del órgano competente o del que designe la comunidad autónoma que lo acredite.
Una vez que el solicitante haya rellenado el formulario y tenga en su poder la documentación pertinente, puede hacer el envío por diferentes canales: a través de la página web de la comercializadora con quien tenga contratado el suministro o bien a través de las direcciones de puntos de suministro, correo postal y/o electrónico habilitadas por las propias compañías a tal efecto. Una vez recibida la documentación, las comercializadoras tienen 30 días de plazo para responder a la solicitud, que se reducirá a 15 días a partir de febrero. En el caso de que la solicitud sea aceptada, se aplicará el descuento en la primera factura que se emita.
Para agilizar la comprobación de los requisitos de renta de los solicitantes, el Ministerio de Energía ha informado a las comercializadoras que ya se encuentra disponible una primera versión de la aplicación telemática para verificar la información que obra en poder de la Agencia Tributaria. El Ministerio ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el reglamento de la aplicación telemática, finalizando así el periodo transitorio. Con esta medida, el Minetad evitará que las compañías eléctricas tengan acceso a los datos de renta de sus clientes y agilizará los trámites para conseguir el bono social.