Energía

El Gobierno somete a información pública la orden para que las industrias moneticen su ahorro energético

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) lanzó este miércoles a audiencia pública una propuesta de orden ministerial para definir cómo las empresas de gran consumo de energía del sector industrial podrán contabilizar sus de ahorros energéticos y monetizarlos a través del Sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE). El plazo para presentar alegaciones finalizará el próximo 12 de agosto.

Este desarrollo normativo permitirá a las industrias rentabilizar sus actuaciones de eficiencia energética siempre que cumplan una serie de requisitos. Entre ellos figuran haber realizado una auditoría energética y tener un plan de ejecución establecido, que la continuación del uso de tecnologías de combustión directa de combustibles fósiles constituya una medida de eficiencia para disminuir el consumo de energía con un período de amortización de cinco años o menos, o que no existe una alternativa sostenible que resulte técnicamente viable, entre otras.

Según la definición contemplada provisionalmente en la orden, podrán acreditar sus ahorros energéticos aquellas empresas de gran consumo de energía del sector industrial que realicen actividades del sector extractivo o manufacturero, que tengan un consumo medio anual de energía igual o superior a 1 gigavatio hora (GWh) durante los tres años anteriores y que su cociente entre el consumo anual de energía final y el valor añadido bruto anual de la instalación haya sido igual o superior a 1 euro por kilovatio hora (kWh) durante, al menos, uno de los dos años anteriores al de la actuación.

Del mismo modo, la propuesta de orden ministerial establece requisitos para que los ahorros generados por las actuaciones de eficiencia energética puedan contabilizarse en el Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética (SNOEE) y, por consiguiente, para el Sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE).

De acuerdo con la Directiva (UE) 2023/1791, relativa a la eficiencia energética, los países tienen hasta 2030 para contabilizar los ahorros derivados de las actuaciones de eficiencia energética de este tipo de empresas.

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