Energía

La Comisión Europea suavizará el impuesto para petroleras y gasistas

  • Quiere ampliar a cuatro años el cómputo de cálculo de la contribución solidaria

La Comisión Europea propondrá suavizar la llamada "contribución solidaria" que tendrán que pagar las petroleras y gasistas para hacer frente a los elevados precios de la electricidad.

A lo largo de las últimas dos semanas, la presidencia checa de la Unión Europea ha circulado varios borradores con modificaciones sobre el texto que tendrá que estudiar el Consejo Europeo que se celebrará este próximo viernes.

Antes de llegar a este encuentro, mañana está previsto que se produzca la reunión del Coreper -la representación de los países ante la UE- para avanzar en la propuesta final que debe llegar a manos de los ministros de Energía de la Unión.

Según las propuestas que están ahora mismo sobre la mesa, la Comisión Europea quiere gravar los beneficios en 2022 que superen un incremento del 20% la media de los beneficios imponibles generados en los cuatro ejercicios fiscales iniciados a partir del 1 de enero de 2018, frente a los tres años que había previsto en un primer momento.

Los Estados miembros deberán informar a la Comisión sobre la aplicación de esta contribución de solidaridad en sus respectivos territorios, así como sobre las modificaciones que introduzcan en sus marcos jurídicos nacionales con este fin para garantizar una aplicación nacional coherente.

La Comisión, a la vez, abre la puerta a que España pueda seguir con sus planes de impuesto para las petroleras al indicar en el texto que prepara que los Estados miembros deben aplicar la contribución de solidaridad establecida por el presente Reglamento en sus respectivos territorios, a menos que hayan promulgado medidas nacionales equivalentes. El objetivo de la medida nacional se considerará similar al objetivo global de la contribución de solidaridad cuando consista en contribuir a la asequibilidad de la energía.

Los productores existentes sujetos a ese tipo de medidas estatales

Bruselas considerará que las medidas son similares en caso de que cubran actividades en el ámbito del petróleo crudo, el gas, el carbón y las refinerías; tengan como objetivo los beneficios excedentes, determine una base, prevea un tipo y garantice que los ingresos de dicha medida se utilicen para fines comparables a los de la contribución de solidaridad, es decir, reducir las tarifas eléctricas de los consumidores vulnerables y las empresas intensivas en energía.

Sobre el tope de precio para la electricidad, la Comisión considera que en algunos Estados miembros, los ingresos obtenidos por algunos generadores ya están limitados por medidas estatales. Por lo tanto, los productores existentes sujetos a ese tipo de medidas estatales, que no fueron adoptadas como respuesta a la actual crisis energética, deben ser excluidos de la aplicación del límite de ingresos

Los Estados miembros además conservarán la posibilidad de limitar aún más los ingresos de los productores y podrán establecer un límite específico sobre los ingresos de mercado obtenidos por la venta de electricidad producida a partir de carbón.

WhatsAppFacebookFacebookTwitterTwitterLinkedinLinkedinBeloudBeloudBluesky