
El Ministerio de Transición Ecológica prepara una Orden Ministerial para que los terrenos de la central nuclear de Lemóniz sean cedidos al País Vasco.
El Ejecutivo procede así a imponer a la entidad titular del proyecto la transmisión a la Comunidad Autónoma de los terrenos, emplazamientos e instalaciones pendientes de enajenar afectos al proyecto de construcción, una vez que la compensación prevista ya se ha satisfecho íntegramente a los titulares de los proyectos.
El Plan Energético Nacional 1983-1992 declaró la denominada "moratoria nuclear", en la construcción de las centrales nucleares de Lemóniz, Valdecaballeros y Trillo II.
La disposición adicional octava de la Ley 40/1994 y la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, declaró la paralización definitiva de los proyectos de construcción de las centrales nucleares en moratoria con extinción de las autorizaciones concedidas, estableciendo también que los titulares de los citados proyectos de construcción percibirían una compensación por las inversiones realizadas en ellos y el coste de su financiación, mediante la afectación a este fin de un porcentaje de la facturación por venta de energía eléctrica a los usuarios.
Los Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, modificaron la disposición adicional séptima de la Ley 54/1997 estableciendo que "Si, al tiempo en que se hubiera satisfecho íntegramente a los titulares de los proyectos de construcción paralizados la compensación prevista en el apartado segundo de la presente disposición adicional, existieran activos afectos a los mismos pendientes de enajenar, podrá acordarse mediante Orden Ministerial que dichos activos y, en particular, los terrenos, emplazamientos e instalaciones afectos, sean transmitidos o cedidos a una Administración Pública, en los términos que se determinen en dicha Orden."