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La justicia europea establece que la carne halal no puede llevar la etiqueta ecológica

  • El sacrificio ritual "no respeta las normas más exigentes sobre bienestar animal"
Carne Halal. Autor: Getty.

La carne halal, tradicional en la religión musulmana, no podrá ser etiquetada de ecológica en Europa. Así lo ha establecido el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en una sentencia conocida este martes, en la que se basa su decisión en que la práctica del sacrificio ritual que caracteriza a este tipo de carne "no respeta las normas más exigentes sobre bienestar animal".

En concreto, el Tribunal de Luxemburgo señala que con este tipo de sacrificio se puede matar al animal sin un aturdimiento previo.

En este sentido, recuerda que existen estudios científicos que demuestran que precisamente "el aturdimiento es la técnica que respeta en mayor medida el bienestar animal" en el momento de la muerte, tal y como recoge el comunicado emitido hoy por el organismo.

TJUE: "El aturdimiento es la técnica que respeta en mayor medida el bienestar animal" 

Ello se deba a que el ritual halal supone sustituir el aturdimiento por degollar previamente al animal con precisión y con un cuchillo afilado. Una técnica que, para la justicia europea, no permite realmente reducir lo máximo posible el sufrimiento del animal.

En consecuencia, el TJUE asegura que este ritual musulmán "no es tan eficaz para reducir el dolor, la angustia o el sufrimiento animal como el sacrificio precedido de aturdimiento".

Así, argumenta, el aturdimiento es "necesario" para provocar en el animal "una pérdida de consciencia y de sensibilidad" que reduzca su sufrimiento en el sacrificio.

Por tanto, y tomando como referencia las normativas comunitarias, la justicia europea considera que "los métodos específicos de sacrificio prescritos por ritos religiosos" no equivalen al sacrificio con aturdimiento previo impuesto por el Derecho de la Unión Europea (UE) en lo que respecta a la protección del bienestar animal en el momento de la matanza.

Se permite con "carácter excepcional"

De esta manera, el Tribunal de Luxemburgo llega a la conclusión de que no se puede utilizar el logotipo de producción ecológica de la UE "para productos procedentes de animales que hayan sido objeto de un sacrifico ritual sin aturdimiento previo".

Este etiquetado 'verde' tiene como objetivo, precisamente, el "mantener y justificar la confianza del consumidor en los productos etiquetados como ecológicos" basándose en que los productos se han obtenido o producido respetando las normas más exigentes, entre ellas las relativas al bienestar animal.

No obstante, el tribunal europeo recuerda que el ritual para la producción de carne halal se permite en la UE "con carácter excepcional" para "garantizar el respeto de la libertad de religión", en este caso la islámica.

Fin de una polémica iniciada en 2012

El TJUE finiquita así una polémica que comenzó en 2012, cuando la asociación francesa OABA pidió al Ministerio de Agricultura y Alimentación galo que prohibiera la etiqueta ecológica en las hamburguesas halal envasadas de carne de vacuno.

Entonces, Ecocert, la entidad responsable de la certificación orgánica, rechazó la solicitud de la asociación. En consecuencia, OABA interpuso un recuerso que fue igualmente desestimado por el tribunal competente. Finalmente, la justicia europea le ha dado la razón.

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