
El derecho al olvido vuelve a escena. Tras la petición de Francia de extender a escala global esta medida, el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) Maciej Szpunar, cuya opinión no es vinculante, pero sí orientativa, ha considerado que Google y otros buscadores sólo deberían regular el derecho al olvido dentro de la UE.
De confirmarse la opinión en los próximos meses del reconocido abogado, Google se haría con la victoria después de tres años de disputas con Francia, en particular, con CNIL, la autoridad encargada en la protección y manejo de datos en el país galo. Francia pedía que se expandiese de forma global el derecho al olvido contemplado en la normativa europea de 2014, la cual falló que Google debería eliminar los enlaces a páginas que tuviesen información desactualizada sobre terceras personas o que no fuese de relevancia pública, siempre que estas lo solicitasen.
Un requerimiento que fue rechazado de plano por el famoso buscador, que se limitó a suprimir los vínculos de los resultados mostrados como respuesta a las búsquedas efectuadas desde los nombres de dominio correspondientes a las extensiones de su buscador en la Unión Europea. Tras ello, el regulador francés multó a Google con 100.000 euros y la empresa apeló la sanción ante un tribunal galo, que remitió el asunto al Tribunal de Justicia de la UE.
Hasta hoy, el buscador elimina los enlaces afectados en toda la UE y desde 2016 también restringe el acceso a dicha información en sitios de Google no pertenecientes a la UE cuando se accede desde el país comunitario donde se encuentra la persona afectada por la información, lo que se conoce como geobloqueo. Los expertos calculan que desde 2014, el buscador ha eliminado 1,1 millones de enlaces de los resultados de búsqueda en la UE, aunque permanecen intactos para las mismas búsquedas realizadas fuera del bloque comunitario.
El buscador debería facilitar el borrado
Con todo, el abogado de la UE pide a los buscadores que faciliten el borrado de los enlaces. Le solicita que acepte de manera automática las peticiones y luego las valore. En particular, para las solicitudes de datos confidenciales, los operadores de motores de búsqueda "deben sopesar, por un lado, el derecho al respeto a la vida privada" y los derechos de protección de datos, y "por otro lado, el derecho del público a acceder a la información en cuestión" y la libertad de expresión.
El abogado europeo ha estimado que "debe llevarse a cabo una ponderación entre el derecho fundamental al olvido y el interés legítimo del público en acceder a la información que busca". A su juicio, de admitirse una medida a escala mundial, las autoridades europeas no estarían en condiciones de definir y determinar el derecho a recibir información y "aún menos de ponderarlo con otros derechos fundamentales como la protección de datos y la vida privada, sobre todo porque el interés del público en acceder a la información variará obligatoriamente, según su localización geográfica, de un tercer Estado a otro".
Y es que, a ojos de Szpunar, se correría el riesgo de impedir acceder a la información a personas de terceros países y de que, recíprocamente, terceros Estados impidiesen acceder a la información a las personas de los Estados de la Unión.
No obstante, ha puntualizado que, una vez establecido el derecho al olvido, los motores de búsqueda deben adoptar todas las medidas necesarias para garantizar una supresión "eficaz y completa" de los resultados controvertidos en el territorio de la UE desde una IP localizada en uno de los Estados miembros, con independencia del nombre de dominio empleado por el internauta.