Madrid, 27 oct (EFECOM).- El Gobierno reformará la ley hipotecaria, con nuevas medidas que afectan a la información, las comisiones, los costes arancelarios y la regulación de la hipoteca inversa, para aumentar la competencia entre entidades financieras y conseguir un "precio más justo" para los consumidores.
Así lo indicó hoy la vicepresidenta primera del Gobierno, Teresa Fernández de la Vega, tras el Consejo de Ministros, en el que el vicepresidente segundo, Pedro Solbes, presentó un informe sobre la reforma del mercado hipotecario, que entrará en vigor en 2007.
Este borrador del anteproyecto de Ley de Modernización del Mercado Hipotecario y de Regulación del Régimen de las Hipotecas Inversas contiene nuevas medidas que afectarán, según Fernández de la Vega, a los cinco millones de familias que pagan cada mes su hipoteca "con esfuerzo".
Entre estas novedades, está establecer más requisitos de información en las hipotecas, modificar y reducir las comisiones por cancelación anticipada y subrogación de los créditos hipotecarios, disminuir los costes arancelarios para el cambio o cancelación de hipoteca y regular, además, la hipoteca inversa para aquellos propietarios de vivienda habitual mayores de 65 años o dependientes.
En concreto, el Ministerio de Economía y Hacienda fijará nuevos criterios de información que habrán de cumplir las entidades financieras para que los consumidores suscriban un nuevo préstamos "en función de los riesgos reales y con más información" y "puedan comparar con más criterio entre los distintos productos de diferentes entidades".
Además, se sustituirá el concepto de comisión por penalización para que refleje mejor los riesgos efectivamente asumidos por la entidad y evitar, de esta manera, "situaciones de falta de equidad para las familias" y ofrecer el mismo tratamiento a las subrogaciones que a las cancelaciones anticipadas.
El primer tipo de penalización que se fijará será de "desistimiento", para abonar los gastos reales en los que incurre la entidad, con un límite máximo del 0,5 por 100 del capital pendiente de amortizar por la cancelación anticipada o subrogación del crédito hipotecario a interés variable, fijo o mixto.
El segundo tipo, cuyo porcentaje es libre, será la "penalización por riesgo" de tipo de interés que sólo se cobrará a los préstamos con riesgos de interés (hipotecas a tipo fijo o mixtos) y cuando la cancelación anticipada o subrogación genere una ganancia de capital para el prestatario y una pérdida de capital para la entidad (en caso de que los tipos de interés estén por debajo del tipo al que se contrató la hipoteca).
Asimismo, se producirá una reducción de los costes arancelarios notariales y registrales asociados a la subrogación, cancelación y novación modificativa de una hipoteca.
En los aranceles notariales se tomarán como base los derechos previstos en documentos sin cuantía (que suponen una cantidad fija y de escasa cuantía), frente a los documentos de cuantía (establecen un tanto por ciento en función de valor de los bienes, con un mínimo de noventa euros).
Para la determinación de los aranceles registrales se tomarán como base los derechos establecidos en inscripciones, con la reducción del 90 por 100 para subrogaciones, novaciones y cancelación anticipada.
También se fomentará "la independencia y profesionalidad" de las sociedades de tasación, que deberán elaborar un reglamento interno para evitar "conflictos de interese" y establecer, junto a otros asuntos, "las incompatibilidades de sus directivos y administradores".
Las entidades de crédito que cuenten con servicios propios de tasación o encarguen tasaciones a una sociedad de tasación de una mismo grupo deberán constituir, además, una comisión técnica que vele por el cumplimiento del reglamento interno.
Además, se fijará un régimen de participaciones significativas, similar al establecido en las entidades de crédito, con el fin de controlar la composición del accionariado y garantizar la independencia, evitando los conflictos de intereses.
Por otra parte, se flexibilizará el régimen jurídico de los mecanismos de refinanciación, al eliminar la obligación existente para los bonos hipotecarios de que conste en las escrituras de los préstamos afectados y al permitir, asimismo, la inclusión de cláusulas en la emisión de bonos y cédulas hipotecarios, que permitan su amortización anticipada a disposición del emisor.
El Ministro de Economía y Hacienda establecerá también el régimen de transparencia y comercialización adecuado para las hipotecas inversas o de pensión, que podrán ser solicitadas por las personas mayores de 65 años o dependientes con la garantía de su vivienda habitual.
Además de garantizar el mantenimiento de la titularidad de la vivienda por el propietario hasta su fallecimiento, los herederos responderán de la deuda tan sólo con el valor de la vivienda hipotecada.
El Gobierno recordó hoy que, a pesar de que el mercado hipotecario español es "uno de los mas eficientes y competitivos de Europa", las piezas básicas de su regulación se promulgaron hace ya años, en 1981 y 1994, en un entorno distinto al actual. EFECOM
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