Empresas y finanzas

Colonial analiza convertirse en socimi tras el cambio en el Impuesto de Sociedades

  • Posibilidad que bajara ante la limitación del uso de los créditos fiscales
Pere Viñolas, consejero delegado de Colonial

Los cambios en el Impuesto de Sociedades que presentó la hace dos semanas el Ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, pueden cambiar el rumbo de Colonial. Tras el anuncio de la reforma que limita notablemente la disponibilidad de los créditos fiscales, la inmobiliaria está analizando como van a afectarle estas modificaciones y entre las posibilidades que baraja se encuentra la opción de cambiarse al régimen de socimi.

Según explicó a elEconomista a principios de este mes el consejero delegado de la compañía, Pere Viñolas, "Colonial guarda de las épocas malas un crédito fiscal enorme, que si no es socimi, puede aprovechar para minimizar su carga impositiva". El propio directivo indicó entonces que si estas condiciones cambiaran "no excluiríamos un cambio de régimen".

Hasta ahora, las empresas podían compensar hasta un 75% de sus beneficios, pero las nuevas reglas han reducido este porcentaje hasta el 25%. Este nuevo escenario podría cambiar la estrategia de Colonial, que según su última memoria anual contaba con bases imponibles negativas consolidadas de 1.362 millones de euros.

"La única característica que tiene la palabra socimi es un determinado tratamiento fiscal, que además obliga a una determinada rigidez en las cosas que puedes o no hacer", destacaba Viñolas en la entrevista concedida a este medio. "Por la historia de Colonial probablemente hasta la fecha es de mayor interés para nuestros accionistas que sigamos como estamos. Es un tema muy técnico, pero nuestros accionistas salen mejor parados con nuestro régimen actual que siendo socimi".

El directivo, que confiaba en que estas circunstancias "no cambien en el corto plazo", explicaba que la socimi "es un régimen de transparencia fiscal en el que envías la fiscalidad al accionista, con lo cual no es que no pagues impuestos, lo pagan ellos en su caso, por lo que no necesariamente es el mejor régimen fiscal". Así, aclaraba que "en comparación con una compañía normal, probablemente si lo sea, pero en comparación con una Colonial, que tiene unas circunstancias peculiares por venir de donde viene, probablemente no".

"Es un tema técnico basado en aspectos regulatorios legales y fiscales, que nos lleva a mantenernos donde estamos y en todo caso a plantearnos algún cambio más adelante".

Colonial no ha querido hacer declaraciones sobre como va a afectarle la nueva situación.

La normativa de las socimis

Con la nueva regulación de las socimis, que se modificó en 2013, estas sociedades tributan en el Impuesto sobre Sociedades a un tipo de gravamen del 0% siempre que se cumplan determinados requisitos. Además tienen una bonificación del 95 % en los impuestos derivados de la compraventa de inmuebles, como son el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) o Transmisiones Patrimoniales.

Por otro lado, la normativa indica que las socimis, estarán sometidas a un gravamen especial del 19% sobre el importe íntegro de los dividendos o participaciones en beneficios distribuidos a los socios cuya participación en el capital social de la entidad sea igual o superior al 5%, cuando dichos dividendos, en sede de sus socios, estén exentos o tributen a un tipo de gravamen inferior al 10%.

Dicho gravamen tendrá la consideración de cuota del Impuesto sobre Sociedades y no resultará de aplicación cuando el socio que percibe el dividendo sea una entidad a la que resulte de aplicación la Ley 11/2009, de 26 de octubre

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